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REVOCATORIA

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REVOCATORIA

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REVOCATORIA
 

REVOCATORIAVersión en línea

MARCA LA ALTERNATIVA CORRECTA

por Dennys Omar Aliaga Mercado
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1

La revocatoria es una forma de control y cambio cuando las autoridades no respetan los acuerdos básicos delegados por la voluntad popular; por lo tanto, NO pueden ser revocados:

2

La maestra Anita en sus clases sobre el tema de revocatoria, les pregunta a sus estudiantes ¿Cuáles son los procesos que se debe tener en cuenta en la revocatoria de una autoridad? Uno de sus estudiantes da a conocer un dato tergiversado:

3

Los dirigentes de las cuatro zonas de la ciudad de Juliaca, en Puno, nuevamente realizaron un plantón en los exteriores del palacio municipal para expresar su rechazo contra el alcalde Oscar Cáceres Rodríguez, ante el incumplimiento de funciones de no actuar firme contra la inseguridad ciudadana y la acumulación de residuos sólidos en las calles, parques y mercados de la ciudad. Ante esta situación ¿Cuál es el mecanismo para destituir a la autoridad?

4

En junio del año pasado se inició el proceso de revocatoria, y en nuestra región se han admitido solicitudes en contra del Gobernador Regional Rohel Sánchez, del Alcalde Provincial Víctor Hugo Rivera y varias autoridades distritales. Luego de esto y según el procedimiento, ¿qué requisito tendrán que cumplir los promotores en primer lugar?

5

En nuestro país, hasta el 10 de septiembre pasado, sumaban 800 los kits de revocatoria expedidos por la ONPE, con miras a la Consulta Popular de Revocatoria fijada para el 8 de junio de 2025. Procedimiento en el que tenemos que tomar en cuenta que:

6

Se estableció que el 21 de noviembre de 2024 es la fecha límite de presentación de solicitudes de revocatoria. A partir de esta fecha, el Jurado Nacional de Elecciones tendrá un mes para resolver estos pedidos hasta el 21 de diciembre de 2024. Procedimiento en el que debemos tomar en cuenta que:

7

Desde el momento que el promotor de la revocatoria recibe el kit electoral, se le requiere la tarea de recolectar las firmas del 25% de los ciudadanos habilitados en el padrón electoral de la circunscripción de la autoridad a revocar. Las firmas deben ser verificadas por:

8

Timoteo, locutor de radio, comparte la noticia de que se ha logrado revocar al gobernador regional, pero ahora surge la duda, ¿quién lo reemplazará?

Explicación

Pueden ser revocados los alcaldes y regidores, autoridades regionales y jueces de paz que provengan de elección popular.

La alternativa que NO corresponde es la C porque la consulta de revocatoria sólo procede una vez en el periodo del mandato de la autoridad.

La alternativa correcta es la C, porque la revocatoria, es el derecho que tenemos todos los ciudadanos para dejar sin efecto el cargo de determinadas autoridades que demuestran deficiencia en el ejercicio de sus funciones hasta cuestionamientos de carácter ético.

Si una autoridad es sometida a consulta y no es revocada, no se podrá solicitar otra revocatoria, ya que este mecanismo sólo puede utilizarse una vez durante su mandato.

Se necesita la firma del 25% de electores del distrito o provincia

De acuerdo con la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (1994) el Jurado Nacional de Elecciones acredita como reemplazante de la autoridad revocada, en ese caso tratándose del Gobernador Regional sería el Vicegobernador

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