Completar Frases medidas correctivasVersión en línea Articulo 175 por Yeimmy Carolina Garcia 1 persona concientizar convivencia reconocimiento Amonestación privado Policía ser podrá demás presente para de procura y compromiso llamado la Nacional perjuicio repetición correctivas convivencia convivencia pedagógico efecto deban equivocada con naturaleza conducta de autoridad Código de Policía Artículo 174 . Es un de atención en o en público el objetivo de a la de la realizada su negativo la , en de un de conducta , el a futuro de no y el respeto a las normas de . PARÁGRAFO . Por su de carácter , esta medida impuesta por la competente para todos los comportamientos contrarios a la contenidos en el Código , sin de las medidas que ser impuestas .