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Deduccion de inversiones (capítulo II, sección II)

Froggy Jumps

Jugadas 29

Sobre esta actividad

Juego relacionado a la deducción de inversiones

Creada por

México

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Deduccion de inversiones (capítulo II, sección II)
 

Froggy Jumps

Deduccion de inversiones (capítulo II, sección II)Versión en línea

Juego relacionado a la deducción de inversiones

por Eylan Gutierrez
1

¿Cómo se deducen las inversiones en cada ejercicio? (Art. 31, párr. 1)

2

¿Cómo se determina la deducción en ejercicios irregulares? (Art. 31, párr. 1)

3

¿Qué regla aplica cuando el bien inicia uso después del ejercicio? (Art. 31, párr. 1)

4

¿Qué integra el monto original de la inversión? (Art. 31, párr. 2)

5

En automóviles, ¿qué incluye adicionalmente la inversión? (Art. 31, párr. 2)

6

¿Qué fecha se considera en fusión o escisión? (Art. 31, párr. 3)

7

¿Puede aplicarse un por ciento menor al autorizado? (Art. 31, párr. 4)

8

¿Cuándo pueden hacerse cambios posteriores? (Art. 31, párr. 4)

9

¿Cuándo inicia la deducción de inversiones? (Art. 31, párr. 5)

10

¿Qué sucede si no inicia la deducción oportunamente? (Art. 31, párr. 5)

11

¿Cómo se ajusta la deducción? (Art. 31, párr. 7)

12

Si meses son impares, ¿qué mes se toma? (Art. 31, párr. 8)

13

¿Cómo se determina la ganancia en bienes parcialmente deducibles? (Art. 31, párr. 9)

14

¿Qué se consideran inversiones para efectos de esta Ley? (Art. 32, párr. 1)

15

¿Qué caracteriza a los activos fijos? (Art. 32, párr. 2)

16

¿Qué se considera activo fijo por disposición expresa? (Art. 32, párr. 3)

17

¿Qué son los gastos diferidos? (Art. 32, párr. 4)

18

¿Qué beneficio deben generar los gastos diferidos?

19

¿Qué también se considera gasto diferido? (Art. 32, párr. 4)

20

¿Qué también se considera gasto diferido? (Art. 32, párr. 4)

21

¿Qué son cargos diferidos? (Art. 32, párr. 5)

22

¿Qué excluyen los cargos diferidos? (Art. 32, párr. 5)

23

¿Qué son erogaciones en periodos preoperativos?

24

¿Qué no es erogación preoperativa?

25

% máximo para cargos diferidos

26

% para erogaciones realizadas en periodos preoperativos.

27

% para regalías, para asistencia técnica, así como para otros gastos diferidos

28

¿Cómo se determina el por ciento máximo en intangibles concesionados? (Art. 32, fracc. IV)

29

% Mobiliario y equipo de oficina

30

% Semovientes y vegetales

31

% Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental

32

% Computadoras personales de escritorio y portátiles

33

% embarcaciones

34

% automóviles, autobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas y remolques.

35

% derecho de usufructo constituido sobre un bien inmueble

36

% aviones

37

% restaurantes (art 35, fr x)

38

% curtido de piel y la fabricación

39

% transporte aéreo

40

¿Cuándo se consideran inversiones las reparaciones y adaptaciones? (Art. 36, fracc. I, primer párrafo)

41

¿Cuándo NO se consideran inversiones los gastos? (Art. 36, fracc. I, segundo párrafo)

42

Cuál es el monto máximo deducible en automóviles?

43

¿Cuándo no aplica el límite de deducción en automóviles? (Art. 36, fracc. II, segundo párrafo)

44

¿Cuál es el monto máximo de deducción en aviones? (Art. 36, fracc. III, primer párrafo, parte final)

45

¿Qué ocurre si hay relación entre contribuyentes que otorgan el uso o goce de aviones o automóviles? (Art. 36, fracc. III, segundo párrafo)

46

¿Cuál es el tratamiento de las casas de recreo? (Art. 36, fracc. III, tercer párrafo)

47

¿Cómo se determina el valor deducible en fusión o escisión? (Art. 36, fracc. IV)

48

¿Cómo se deducen comisiones y gastos por emisión de obligaciones? (Art. 36, fracc. V, primer párrafo)

49

¿Qué sucede si termina el contrato y no se ha deducido la inversión? (Art. 36, fracc. VI, segundo párrafo)

50

¿Cuál es el requisito para deducir regalías? (Art. 36, fracc. VII)

51

Tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente derivadas de caso fortuito o fuerza mayor, ¿en qué supuesto procederá su deducción? (Art. 37, primer párrafo)

52

Para efectos de determinar la pérdida deducible, ésta será equivalente a: (Art. 37, primer párrafo)

53

La cantidad que se recupere con motivo de la pérdida deberá: (Art. 37, primer párrafo)

54

En el caso de activos fijos no identificables individualmente que se pierdan, ¿qué criterio deberá aplicarse? (Art. 37, segundo párrafo)

55

Cuando el contribuyente reinvierta la cantidad recuperada en bienes de naturaleza análoga, ¿qué cantidad deberá acumular? (Art. 37, tercer párrafo)

56

La deducción de la cantidad reinvertida se efectuará: (Art. 37, tercer párrafo)

57

Las cantidades adicionales a las recuperadas que el contribuyente invierta deberán: (Art. 37, cuarto párrafo)

58

El plazo para efectuar la reinversión de la cantidad recuperada será: (Art. 37, quinto párrafo)

59

Si las cantidades recuperadas no se reinvierten dentro del plazo señalado: (Art. 37, quinto párrafo)

60

Respecto del plazo de reinversión, los contribuyentes: (Art. 37, sexto párrafo)

61

La cantidad recuperada no reinvertida deberá ajustarse: (Art. 37, séptimo párrafo)

62

Tratándose de contratos de arrendamiento financiero, para efectos de la deducción de inversiones, el arrendatario considerará como monto original de la inversión: (Art. 38, primer párrafo)

63

El monto original de la inversión en arrendamiento financiero se integra considerando: (Art. 38, primer párrafo)

64

Cuando se opte por transferir la propiedad del bien mediante el pago de una cantidad determinada, el importe de dicha opción deberá: (Art. 38, segundo párrafo, fracc. I)

65

La deducción del importe de la opción se efectuará: (Art. 38, segundo párrafo, fracc. I)

66

Para determinar el por ciento de deducción del importe de la opción, se deberá considerar: (Art. 38, segundo párrafo, fracc. I)

67

Cuando se obtenga participación por la enajenación de los bienes a terceros, será deducible: (Art. 38, segundo párrafo, fracc. II)

68

Para efectos del cálculo de la deducción en la enajenación a terceros, deberán considerarse: (Art. 38, segundo párrafo, fracc. II)

69

El ingreso obtenido por la participación en la enajenación a terceros tendrá el efecto de: (Art. 38, fracc. II)

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