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EXAMEN No 4

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Normatividad 90606

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EXAMEN No 4Versión en línea

Normatividad 90606

por DIANA MILENA RINCON CONTRERAS
1

El acto administrativo mediante el cual se expide el Código de Procedimiento Penal.

2

EL LIBRO II. TÉCNICAS DE INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LA PRUEBA Y SISTEMA PROBATORIO. TITULO I. REFIERE A:

3

A quien le corresponde realizar la indagación e investigación de los hechos que revistan características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, querella, petición especial o por cualquier otro medio idóneo.

4

Por policía judicial se entiende

5

ÓRGANOS DE POLICÍA JUDICIAL PERMANENTE

6

ÓRGANOS QUE EJERCEN FUNCIONES PERMANENTES DE POLICÍA JUDICIAL DE MANERA ESPECIAL DENTRO DE SU COMPETENCIA. Ejercen permanentemente funciones especializadas de policía judicial dentro del proceso penal y en el ámbito de su competencia, los siguientes organismos:

7

ÓRGANO TÉCNICO-CIENTÍFICO

8

Los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones de policía judicial, reciban denuncias, querellas o informes de otra clase, de los cuales se infiera la posible comisión de un delito, realizarán de inmediato

9

Que tiempo tiene la policía judicial para presentar los actos urgentes y sus resultados

10

Los actos de investigación de campo y de estudio y análisis de laboratorio serán ejercidos directamente por:

11

INFORME DE INVESTIGADOR DE CAMPO El informe del investigador de campo tendrá las siguientes características:

12

PROCEDENCIA DE LOS REGISTROS Y ALLANAMIENTOS. El fiscal encargado de la dirección de la investigación, según lo establecido en los artículos siguientes y con el fin de obtener elementos materiales probatorios y evidencia física o realizar la captura del indiciado, imputado o condenado, podrá

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Sólo podrá expedirse una orden de registro y allanamiento cuando existan motivos razonablemente fundados

14

OBJETOS NO SUSCEPTIBLES DE REGISTRO

15

Para el allanamiento y registro de bienes inmuebles, naves, aeronaves o vehículos automotores que, conforme con el derecho internacional y los tratados en vigor gocen de inmunidad diplomática o consular

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PROCEDIMIENTO EN CASO DE FLAGRANCIA:

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AUDIENCIA DE CONTROL DE LEGALIDAD POSTERIOR

18

ECUPERACIÓN DE PRODUCTO DE LA TRANSMISIÓN DE DATOS A TRAVÉS DE LAS REDES DE COMUNICACIONES

19

ARTÍCULO 240. VIGILANCIA DE COSAS

20

ANÁLISIS E INFILTRACIÓN DE ORGANIZACIÓN CRIMINAL

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En todo caso, el uso de agentes encubiertos no podrá extenderse por un período superior a

22

BÚSQUEDA SELECTIVA EN BASES DE DATOS

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EXÁMENES DE ADN QUE INVOLUCREN AL INDICIADO O AL IMPUTADO

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REGLA GENERAL. Las actividades que adelante la policía judicial, en desarro llo del programa metodológico de la investigación, diferentes a las previstas en el capítulo anterior y que impliquen afectación de derechos y garantías fundamentales

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OBTENCIÓN DE MUESTRAS QUE INVOLUCREN AL IMPUTADO. Cuando a juicio del fiscal resulte necesario a los fines de la investigación, y previa la realización de audiencia de revisión de legalidad ante el juez de control de garantías en el evento de no existir consentimiento del afectado, podrá ordenar a la policía judicial la obtención de muestras para

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Para la identificación de personas se podrán utilizar los diferentes métodos que el estado de la ciencia aporte, y que la criminalística establezca en sus manuales, tales como

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RECONOCIMIENTO POR MEDIO DE FOTOGRAFÍAS O VÍDEOS Cuando no exista un indiciado relacionado con el delito, o existiendo no estuviere disponible para la realización de reconocimiento en fila de personas, o se negare a participar en él, la policía judicial, para proceder a la respectiva identificación, podrá utilizar cualquier medio técnico disponible que permita mostrar imágenes reales, en fotografías, imágenes digitales o vídeos. Para realizar esta actuación se requiere la autorización previa del fiscal que dirige la investigación.

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CADENA DE CUSTODIA. ARTÍCULO 254. APLICACIÓN. Con el fin de demostrar la autenticidad de los elementos materiales probatorios y evidencia física, la cadena de custodia se aplicará teniendo en cuenta los siguientes factores: identidad, estado original, condiciones de recolección, preservación, embalaje y envío; lugares y fechas de permanencia y los cambios que cada custodio haya realizado. Igualmente se registrará el nombre y la identificación de todas las personas que hayan estado en contacto con esos elementos. La cadena de custodia se iniciará en

29

La aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de

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FACULTAD DE ENTREVISTAR

31

El imputado o su defensor, podrán solicitar al juez de control de garantías

32

Para efectos de este código se entiende por elementos materiales probatorios y evidencia física, los siguientes:

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Para efectos de este código se entiende por elementos materiales probatorios y evidencia física, los siguientes:

34

Los elementos materiales probatorios y la evidencia física son auténticos cuando

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