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Sí o No: ¿Qué pueden o no pueden hacer las y los Observadores Electorales?

Sí o No

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Sobre esta actividad

Identificar que enunciado es verdadero o falso sobre las actividades de las y los Observadores Electorales.

Creada por

México

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Sí o No: ¿Qué pueden o no pueden hacer las y los Observadores Electorales?
 

Sí o No: ¿Qué pueden o no pueden hacer las y los Observadores Electorales?Versión en línea

Identificar que enunciado es verdadero o falso sobre las actividades de las y los Observadores Electorales.

por Dirección de Organización Electoral
1

Las y los Observadores Electorales pueden solicitar a los órganos desconcentrados del INE o del IEPC la información necesaria para el desarrollo de sus actividades.

2

Las y los Observadores Electorales no pueden ofender, difamar o calumniar a los partidos políticos o a sus candidaturas.

3

Las y los Observadores Electorales no pueden sustituir, obstaculizar ni inferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales.

4

Las y los Observadores Electorales pueden influir en el voto de los ciudadanos durante la Jornada Electoral.

5

Los informes que presentan las y los Observadores Electorales se deben presentar en la T.V. Local.

6

Las y los Observadores Electorales pueden declarar el triunfo de algún partido.

7

Las y los Observadores Electorales solo pueden acudir el día de la Jornada Electoral a la casilla que el Consejo Distrital del INE le asigne.

8

Las y los Observadores Electorales no pueden portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o imágenes relacionadas con partidos políticos.

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