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Repaso de amparo.

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Jugadas 82

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Repaso de amparo.
 

Repaso de amparo.Versión en línea

Aprovecha el tiempo de la clase para repasar.

por Erika
1

El amparo no procede contra actos de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación.

2

La autoridad responsable puede ser un particular que realiza funciones equivalentes a las de la autoridad.

3

El Secretario de Acuerdo es quien debe notificar a las partes en el juicio de amparo.

4

El juicio de amparo solo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite por actos de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantías otorgadas.

5

El recurso de queja se interpone en el plazo de 10 días.

6

Las resoluciones que se dictan en el juicio de amparo se deben de notificar a más tardar dentro del quinto día hábil siguiente.

7

El amparo indirecto procede contra actos que pongan fin al juicio.

8

La autoridad que conozca del juicio de amparo deberá suplir la deficiencia de los conceptos de violación en el caso del patrón.

9

Cuando el acto reclamado implique peligro de privación de la vida, se tendrá un plazo de 3 días para demandarse.

10

Se deben expresar los conceptos de violación en los recursos del juicio de amparo.

11

La audiencia en el incidente de nulidad de notificaciones, deberá ser dentro del plazo de 30 días.

12

Los plazos se contarán por días naturales.

13

Las demandas de amparo nunca se amplían.

14

Un niño o adolescente no podrá por sí mismo pedir amparo, requiere un tutor.

15

El incidente de reposición de constancias de autos se resuelve en el plazo de los tres días siguiente en que se llevó a cabo la audiencia.

16

Se debe designar un representante en común cuando el amparo se promueva por dos o más personas con interés común.

17

EL tercero interesado puede ser la persona indiciada o procesada cuando el acto reclamado sea el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público.

18

El sobreseimiento siempre procede cuando se muere el quejoso.

19

Debe ser la notificación personal cuando es la primera para el tercero interesado.

20

El interés jurídico es un derecho subjetivo real y actual en la esfera jurídica de la persona.

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