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Revisión de Sentencias

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Sobre esta actividad

Pon a prueba tus conocimientos sobre el proceso de revisión de sentencias y apelaciones. Responde si las afirmaciones son verdaderas o falsas basándote en la normativa legal.

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Revisión de Sentencias
 

Revisión de SentenciasVersión en línea

Pon a prueba tus conocimientos sobre el proceso de revisión de sentencias y apelaciones. Responde si las afirmaciones son verdaderas o falsas basándote en la normativa legal.

por Agua Maravillas
1

El recurso de revisión puede ser solicitado por las partes afectadas.

2

El recurso de revisión se divide en tres fases: Iudicium rescindens, Iudicium rescissorium y Iudicium confirmans.

3

La aparición de nuevas pruebas puede llevar a la revisión de una sentencia.

4

El Ministerio Fiscal necesita autorización previa para interponer el recurso de revisión.

5

El recurso de apelación puede ser interpuesto por el condenado.

6

El recurso de apelación no tiene un plazo específico para su interposición.

7

No es necesario justificar la falta de subsanación en la primera instancia si se alega nulidad.

8

El proceso de revisión tiene fases específicas que deben ser cumplidas.

9

El Ministerio Fiscal puede interponer el recurso de revisión sin autorización previa.

10

La nulidad del juicio puede ser alegada por infracciones procesales.

11

Las sentencias contradictorias pueden ser motivo de revisión si afectan el mismo hecho.

12

El LAJ debe notificar la decisión sobre la revisión a la Abogacía General del Estado.

13

El recurso de apelación contra las sentencias del Juez de lo Penal se puede interponer en cualquier momento.

14

El recurso de apelación debe interponerse dentro de un plazo determinado tras la notificación de la sentencia.

15

El LAJ no tiene obligación de notificar a la Abogacía General del Estado.

16

Una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos puede influir en la revisión de una sentencia.

17

El recurso de apelación contra los autos del juez de instrucción suspende el curso del procedimiento.

18

La sentencia de apelación no puede agravar la condena.

19

Las sentencias contradictorias sobre el mismo hecho y persona son motivo para solicitar la revisión de una sentencia.

20

Las nuevas pruebas no son motivo para solicitar la revisión de una sentencia.

21

No hay plazo para presentar el recurso de casación tras la notificación de la sentencia.

22

Si se cumplen los requisitos, la documentación se envía a la Sala Segunda del TS.

23

La documentación del recurso de casación no se envía a la Sala Segunda del TS.

24

La impugnación de providencia no puede ser apelada a través de un recurso de casación.

25

La sentencia de apelación no se notifica a los ofendidos.

26

El recurso de casación puede presentarse en ciertos casos establecidos por la ley.

27

Las decisiones del juez de vigilancia penitenciaria se adoptan en forma de autos.

28

La impugnación de providencia puede ser apelada a través de un recurso de casación.

29

La sentencia de apelación se notifica a los ofendidos aunque no sean parte.

30

El recurso de casación para unificación de doctrina no se puede presentar contra sentencias de la Audiencia Nacional.

31

El recurso de casación para unificación de doctrina no tiene como objetivo unificar principios legales.

32

El recurso de reforma contra autos del juez de vigilancia penitenciaria tiene un plazo de 5 días.

33

El recurso de casación debe ser presentado dentro de un plazo establecido tras la notificación.

34

El recurso de reforma contra autos del juez de vigilancia penitenciaria se puede presentar en cualquier momento.

35

El recurso de casación para unificación de doctrina se puede presentar contra sentencias de la Audiencia Nacional.

36

El recurso de casación para unificación de doctrina solo puede ser preparado por abogados.

37

El recurso de casación para unificación de doctrina busca unificar principios legales.

38

Las decisiones del juez de vigilancia penitenciaria no están sujetas a apelación.

39

El recurso de casación se puede presentar contra cualquier sentencia.

40

El recurso de casación para unificación de doctrina puede ser presentado por el Ministerio Fiscal.

41

El recurso de casación para unificación de doctrina se presenta dentro de 10 días.

42

El recurso de amparo es exclusivo para violaciones por el poder legislativo.

43

El recurso de casación para unificación de doctrina puede ser presentado en cualquier momento.

44

El recurso de amparo está diseñado para abordar violaciones por el poder ejecutivo.

45

El recurso de amparo puede ser interpuesto contra actos del poder judicial.

46

El recurso de casación para unificación de doctrina se relaciona con el Tribunal Supremo.

47

El recurso de casación para unificación de doctrina puede ser presentado por cualquier persona.

48

El recurso de amparo protege libertades fundamentales reconocidas en la Constitución.

49

El recurso de casación para unificación de doctrina no se relaciona con el Tribunal Supremo.

50

El recurso de casación para unificación de doctrina debe presentarse en 15 días.

51

El recurso de amparo no puede ser interpuesto contra actos judiciales.

52

El recurso de casación sigue el procedimiento establecido en la LECR.

53

El recurso de casación para unificación de doctrina puede ser presentado por un interesado.

54

El recurso de amparo es solo para violaciones de derechos por el poder ejecutivo.

55

El recurso de amparo es un proceso constitucional ante el Tribunal Constitucional.

56

El recurso de amparo protege derechos reconocidos en la Constitución.

57

El recurso de amparo solo protege derechos contra el poder legislativo.

58

El recurso de amparo es solo para ciudadanos con un interés particular.

59

El recurso de amparo puede ser iniciado por cualquier ciudadano.

60

El recurso de amparo es exclusivamente para proteger derechos constitucionales.

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