decreto 3075/97Versión en línea Con el desarrollo de esta actividad podrá afianzar sus conocimiento con respecto a la normatividad en manejo higiénico de alimentos. por MARY YULIET GONZALEZ GORDILLO 1 Definición de alimento a Toda sustancia natural o artificial que ingerida aporta los nutrientes requeridos para el funcionamiento biológico del organismo. b Todo lo que ingerimos. c Lo que nos nutre d Las comidas rapidas 2 Significado sigla ETA a Enfermedad transmitida por microorganismos b Elemento que transmiten los animales c Enfermedad de transmisión por bacterias. d Enfermedad de transmisiòn por alimentos 3 Decreto que regula todas las actividades que generen riesgo para la salud humana por el consumo de alimentos a Decreto 60 de 2002 b Decreto 3075/1997 c Ley 09 de 1979 d NTC 3075 4 El manipulador de alimentos es a Los hombres que cargan los carros que transportan alimentos. b La persona que comercializa alimentos. c Toda persona que este en contacto directo con el alimento. d Las personas que consumen alimentos. e Los hombres que cargan los carros que transportan alimentos. f La persona que comercializa alimentos. 5 Los alimentos considerados de mayor riesgo en salud publica son: a Carnes y derivados,leche y derivados,productos de la pesca,alimentos elaborados a base de huevo,aguas envasadas,comidas preparadas,alimentos infantiles b Alimentos no perecederos,alimentos perecederos,comida de restaurantes. c Granos,sal,miel,azúcar. d Frutas,verduras y enlatados.