Relacionar Columnas AAI. Programa de inclusiónVersión en línea Relaciona de acuerdo al marco legal en el que se sustenta el Programa para la Inclusión y Equidad Educativa. por Cursafy . 1 "La educación especial tiene como propósito identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de conducta o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes...". 2 Establece que las autoridades educativas federales y de las entidades federativas, garantizarán que la población indígena tenga acceso a la educación obligatoria, bilingüe e intercultural, y adoptarán las medidas necesarias para que en el sistema educativo se asegure el respeto a la dignidad e identidad de las personas, así como a la práctica y uso de su lengua indígena. 3 Menciona que es derecho de todo mexicano comunicarse en la lengua de la que sea hablante, sin restricciones en el ámbito público o privado, en forma oral o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales, religiosas y cualesquiera otras. 4 "Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos". 5 Establece que la SEP "...promoverá el derecho a la educación de las personas, con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación en planteles, centros educativos, guarderías o del personal docente o administrativo del Sistema Educativo Nacional, para tales efectos realizará las siguientes acciones: I) Establecer en el Sistema Educativo Nacional, el diseño, ejecución y evaluación del programa para la educación especial y del programa para la educación inclusiva de personas con discapacidad; II) Impulsar la inclusión de las personas con discapacidad en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, III) establecer mecanismos a fin de que las niñas y los niños con discapacidad gocen del derecho a la admisión gratuita y obligatoria, así como la atención especializada...". 6 Las autoridades, tienen la obligación de: a) garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior; b) definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de sus pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas; y c) Impulsar el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la nación. 7 Las autoridades educativas llevarán a cabo las siguientes actividades: "Desarrollarán bajo el principio de inclusión, programas de capacitación, asesoría y apoyo a los maestros que atiendan alumnos con discapacidad y con aptitudes sobresalientes; "Fortalecerán la educación especial y la educación inicial, incluyendo a las personas con discapacidad"; "Otorgarán apoyos pedagógicos a grupos con requerimientos educativos específicos ". 8 Señala que tiene por objeto regular el reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos, individuales y colectivos de los pueblos y comunidades indígenas, así como la promoción del uso cotidiano y desarrollo de las lenguas indígenas, bajo un contexto de respeto a sus derechos. 9 “Toda persona tiene derecho a recibir educación"; "El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos ". 10 Plantea garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos. Se alinea con las siguientes metas: asegurar el acceso en condiciones de igualdad para todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior de calidad; eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables; construir y adecuar instalaciones escolares que ofrezcan entornos de aprendizaje seguros, no violentos, inclusivos y eficaces para todos. Artículo 33 de la Ley General de Educación Artículo 12 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad Artículo 41 de la Ley General de Educación Objetivo 4 de la Agenda 2030 del Desarrollo Sostenible Artículo 9o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de Pueblos Indígenas Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 1o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de Pueblos Indígenas Artículo 32 de la Ley General de Educación Artículo 11o. de la Ley General de Derechos Lingüísticos de Pueblos Indígenas Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos