Para
Ingenierías
y
Servicios
SAS
INCER
S
.
A
.
S
.
,
en
su
compromiso
de
preservar
la
vida
humana
y
consciente
de
los
riesgos
viales
presentes
en
el
ejercicio
de
sus
actividades
,
se
compromete
a
promover
y
adoptar
la
seguridad
vial
como
una
inherente
al
interior
de
la
compañía
,
mediante
el
diseño
,
implementación
y
ejecución
del
Plan
Estratégico
de
Seguridad
Vial
(
PESV
)
,
a
través
del
seguimiento
,
control
,
evaluación
y
mejora
continua
de
acciones
concretas
que
permitan
reducir
el
riesgo
de
muerte
o
de
lesión
de
las
personas
en
sus
desplazamientos
e
.
Para
cumplir
con
este
propósito
,
en
Ingenierías
y
Servicios
SAS
INCER
S
.
A
.
S
.
,
se
adoptarán
los
siguientes
compromisos
:
?
Promover
y
mediante
programas
y
actividades
de
capacitación
la
cultura
de
seguridad
vial
y
normas
de
conducta
en
los
actores
viales
.
?
Los
colaboradores
,
deberán
con
las
disposiciones
establecidas
y
divulgadas
por
la
compañía
en
el
marco
del
PESV
.
?
Los
colaboradores
deberán
cumplir
con
la
reglamentación
establecida
en
el
Código
Nacional
de
Tránsito
y
demás
normatividad
legal
de
Colombia
que
se
enmarca
en
principios
de
,
movilidad
,
calidad
,
la
preservación
de
un
ambiente
sano
y
la
protección
del
espacio
público
.
Así
mismo
,
deberán
aplicar
y
dar
cumplimiento
a
todas
las
disposiciones
dadas
en
el
PESV
.
?
Los
colaboradores
deberán
asegurar
el
preventivo
y
de
los
vehículos
al
servicio
de
la
compañía
.
?
Se
determina
Tolerancia
a
la
conducción
de
vehículos
automotores
bajo
efectos
de
cualquier
sustancia
.
?
La
compañía
proporcionará
los
recursos
humanos
,
económicos
y
tecnológicos
que
sean
necesarios
para
el
cumplimiento
del
.
Así
mismo
,
se
fijan
las
siguientes
recomendaciones
en
función
de
sus
labores
:
a
)
Horas
de
conducción
y
descansos
:
Por
cada
dos
(
)
horas
de
conducción
continuas
,
el
conductor
debe
realizar
descansos
o
pausas
de
15
minutos
y
en
total
no
debe
sobrepasar
cuatro
(
)
horas
de
conducción
continua
.
b
)
Límites
de
velocidad
:
Los
colaboradores
en
el
ejercicio
de
sus
labores
deberán
con
los
límites
de
velocidad
establecidos
en
el
Código
Nacional
de
Tránsito
,
la
regulación
distrital
y
territorial
,
y
en
ningún
caso
sobrepasar
dichos
límites
.
c
)
Uso
del
de
seguridad
:
El
uso
de
cinturón
de
seguridad
es
de
obligatorio
cumplimiento
para
conductores
y
,
en
los
asientos
delanteros
y
traseros
,
sin
excepción
alguna
.
d
)
Uso
de
equipos
de
comunicación
:
Los
colaboradores
tienen
prohibido
el
uso
de
dispositivos
de
comunicación
móvil
y
demás
electrónicos
cuya
manipulación
ponga
en
riesgo
su
vida
y
la
de
los
pasajeros
.
e
)
Uso
del
para
motocicletas
,
bicicletas
y
patinetas
eléctricas
:
La
utilización
del
casco
de
seguridad
es
de
obligatorio
para
conductores
de
motocicletas
,
bicicletas
y
patinetas
eléctricas
.