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obligaciones de hacer y no hacer u5Versión en línea
derecho privado
1
objeto
parte
hacer
servicio
lugar
prestación
realización
Obligaciones
de
hacer
y
de
no
hacer
Artículo
773
.
Concepto
La
obligación
de
es
aquella
cuyo
consiste
en
la
de
un
o
en
la
de
un
hecho
,
en
el
tiempo
,
y
modo
acordados
por
las
2
independencia
entrega
deudor
acreedor
actividad
producto
oficios
resultado
cláusulas
eficaz
actividad
Artículo
774
.
Prestación
de
un
servicio
La
prestación
de
un
servicio
puede
consistir
:
a
)
en
realizar
cierta
,
con
la
diligencia
apropiada
,
independientemente
de
su
éxito
.
Las
que
comprometen
a
los
buenos
,
o
a
aplicar
los
mejores
esfuerzos
están
comprendidas
en
este
inciso
;
b
)
en
procurar
al
cierto
resultado
concreto
,
con
de
su
eficacia
;
c
)
en
procurar
al
acreedor
el
resultado
prometido
.
La
cláusula
llave
en
mano
o
en
mano
está
comprendida
en
este
inciso
.
Si
el
de
la
del
consiste
en
una
cosa
,
para
su
se
aplican
las
reglas
de
las
obligaciones
de
dar
cosas
ciertas
para
constituir
derechos
reale
s
3
abusiva
intención
incumplida
destrucción
partes
acreedor
tiempo
Artículo
775
.
Realización
de
un
hecho
El
obligado
a
realizar
un
hecho
debe
cumplirlo
en
y
modo
acordes
con
la
de
las
o
con
la
índole
de
la
obligación
.
Si
lo
hace
de
otra
manera
,
la
prestación
se
tiene
por
,
y
el
puede
exigir
la
de
lo
mal
hecho
,
siempre
que
tal
exigencia
no
sea
.
4
naturaleza
personalmente
persona
deudor
contratos
Artículo
776
.
Incorporación
de
terceros
La
prestación
puede
ser
ejecutada
por
distinta
del
,
a
no
ser
que
de
la
convención
,
de
la
de
la
obligación
o
de
las
circunstancias
resulte
que
éste
fue
elegido
por
sus
cualidades
para
realizarla
.
Esta
elección
se
presume
en
los
que
suponen
una
confianza
especial
.
5
cumplimiento
deudor
incumplimiento
terceros
perjuicios
acreedor
daños
cumplir
Artículo
777
.
Ejecución
forzada
El
imputable
de
la
prestación
le
da
derecho
al
a
:
a
)
exigir
el
específico
;
b
)
hacerlo
por
a
costa
del
;
c
)
reclamar
los
y
.
6
objeto
daños
ajena
reclamar
abstención
física
Artículo
778
.
Obligación
de
no
hacer
Es
aquella
que
tiene
por
una
del
deudor
o
tolerar
una
actividad
.
Su
incumplimiento
imputable
permite
la
destrucción
de
lo
hecho
,
y
los
y
perjuicios
.
7
distintas
objeto
alternativa
sola
deudor
Obligaciones
alternativas
Artículo
779
.
Concepto
La
obligación
tiene
por
una
prestación
entre
varias
que
son
independientes
y
entre
sí
.
El
está
obligado
a
cumplir
una
de
ella
s
8
hacer
prestaciones
deudor
elegir
periódicas
elección
única
opción
contrario
no
personas
tercero
dar
hacer
facultad
obligaciones
renuncia
comunica
irrevocable
Artículo
780
.
Elección
.
Sujetos
.
Efectos
Excepto
estipulación
en
,
la
de
corresponde
al
deudor
.
La
opción
que
corresponde
a
varias
requiere
unanimidad
.
Si
la
parte
a
quien
corresponde
la
no
se
pronuncia
oportunamente
,
la
facultad
de
pasa
a
la
otra
.
Si
esa
facultad
se
ha
deferido
a
un
y
éste
no
opta
en
el
plazo
fijado
,
corresponde
al
designar
el
objeto
del
pago
.
En
las
obligaciones
,
la
elección
realizada
una
vez
no
implica
a
la
facultad
de
optar
en
lo
sucesivo
.
La
elección
es
desde
que
se
la
a
la
otra
parte
o
desde
que
el
deudor
ejecuta
alguna
de
las
,
aunque
sea
parcialmente
.
Una
vez
realizada
,
la
prestación
escogida
se
considera
desde
su
origen
,
y
se
aplican
las
reglas
de
las
de
,
de
o
de
,
según
corresponda
.
9
acreedor
concentra
ajenas
onerosidad
acreedor
comprometen
cumplida
imposible
última
deudor
imposibles
atribuibles
dos
Artículo
781
.
Obligación
alternativa
regular
En
los
casos
en
que
la
elección
corresponde
al
y
la
alternativa
se
da
entre
prestaciones
,
se
aplican
las
siguientes
reglas
:
a
)
si
una
de
las
prestaciones
resulta
por
causas
a
la
responsabilidad
de
las
partes
,
o
atribuibles
a
la
responsabilidad
del
deudor
,
la
obligación
se
en
la
restante
;
si
la
imposibilidad
proviene
de
causas
a
la
responsabilidad
del
,
el
deudor
tiene
derecho
a
optar
entre
dar
por
su
obligación
;
o
cumplir
la
prestación
que
todavía
es
posible
y
reclamar
los
daños
y
perjuicios
emergentes
de
la
mayor
que
le
cause
el
pago
realizado
,
con
relación
al
que
resultó
imposible
;
b
)
si
todas
las
prestaciones
resultan
,
y
la
imposibilidad
es
sucesiva
,
la
obligación
se
concentra
en
esta
,
excepto
si
la
imposibilidad
de
alguna
de
ellas
obedece
a
causas
que
la
responsabilidad
del
;
en
este
caso
,
el
deudor
tiene
derecho
a
elegir
con
cuál
queda
liberad
o
10
ajenas
imposibles
simultánea
extingue
cumplida
imposible
reclamar
c
)
si
todas
las
prestaciones
resultan
por
causas
atribuibles
a
la
responsabilidad
del
deudor
,
y
la
imposibilidad
es
,
se
libera
entregando
el
valor
de
cualquiera
de
ella
;
si
lo
son
por
causas
atribuibles
a
la
responsabilidad
del
acreedor
,
el
deudor
tiene
derecho
a
dar
por
su
obligación
con
una
y
los
daños
y
perjuicios
emergentes
de
la
mayor
onerosidad
que
le
ocasione
el
pago
realizado
,
con
relación
al
que
resultó
;
d
)
si
todas
las
prestaciones
resultan
imposibles
por
causas
a
la
responsabilidad
de
las
partes
,
la
obligación
se
.
11
causas
acreedor
acreedor
ajenas
reclamar
reclamar
prestaciones
responsabilidad
Artículo
782
.
Obligación
alternativa
irregular
En
los
casos
en
que
la
elección
corresponde
al
y
la
alternativa
se
da
entre
dos
prestaciones
,
se
aplican
las
siguientes
reglas
:
a
)
si
una
de
las
prestaciones
resulta
imposible
por
causas
a
la
responsabilidad
de
las
partes
,
o
atribuibles
a
la
responsabilidad
del
acreedor
,
la
obligación
se
concentra
en
la
restante
;
si
la
imposibilidad
proviene
de
atribuibles
a
la
responsabilidad
del
deudor
,
el
tiene
derecho
a
optar
entre
la
prestación
que
es
posible
,
o
el
valor
de
la
que
resulta
imposible
;
b
)
si
todas
las
resultan
imposibles
y
la
imposibilidad
es
sucesiva
,
la
obligación
se
concentra
en
la
última
,
excepto
que
la
imposibilidad
de
la
primera
obedezca
a
causas
que
comprometan
la
del
deudor
;
en
este
caso
el
acreedor
tiene
derecho
a
el
valor
de
cualquiera
de
las
prestaciones
;
12
extingue
prestaciones
acreedor
atribuibles
simultánea
imposibles
causas
satisfecho
atribuibles
onerosidad
c
)
si
todas
las
prestaciones
resultan
imposibles
por
causas
a
la
responsabilidad
del
acreedor
,
y
la
imposibilidad
es
,
el
acreedor
tiene
derecho
a
elegir
con
cuál
de
ellas
queda
,
y
debe
al
deudor
los
daños
y
perjuicios
emergentes
de
la
mayor
que
le
reporte
el
pago
realizado
;
si
lo
son
por
causas
a
la
responsabilidad
del
deudor
,
el
tiene
derecho
a
elegir
con
el
valor
de
cuál
de
ellas
queda
satisfecho
;
d
)
si
todas
las
resultan
por
ajenas
a
la
responsabilidad
de
las
partes
,
la
obligación
se
.
13
deudor
pueden
781
encargada
tercero
Artículo
783
.
Elección
por
un
tercero
Las
opciones
conferidas
al
y
al
acreedor
en
los
artículos
y
782
también
ser
ejercidas
,
a
favor
de
aquéllos
,
por
un
a
quien
le
haya
sido
la
elección
.
14
elección
precedentes
modalidades
opción
Artículo
784
.
Elección
de
modalidades
o
circunstancias
Si
en
la
obligación
se
autoriza
la
respecto
de
sus
o
circunstancias
,
se
aplican
las
reglas
sobre
el
derecho
de
realizar
la
y
sus
efectos
legales
.
15
Sección
especie
obligaciones
incierta
deudor
Artículo
785
.
Obligaciones
de
género
limitado
Las
disposiciones
de
esta
se
aplican
a
las
en
las
que
el
debe
entregar
una
cosa
pero
comprendida
dentro
de
un
número
de
cosas
ciertas
de
la
misma
.
16
liberarse
pago
principal
facultad
exigir
.
Obligaciones
facultativas
Artículo
786
.
Concepto
La
obligación
facultativa
tiene
una
prestación
y
otra
accesoria
.
El
acreedor
solo
puede
la
principal
,
pero
el
deudor
puede
cumpliendo
la
accesoria
.
El
deudor
dispone
hasta
el
momento
del
para
ejercitar
la
de
optar
.
17
responsabilidad
extingue
principal
Artículo
787
.
Extinción
La
obligación
facultativa
se
si
la
prestación
resulta
imposible
,
sin
perjuicio
de
la
que
pueda
corresponder
.
18
alternativ
facultativa
obligación
Artículo
788
.
Caso
de
duda
En
caso
de
duda
respecto
a
si
la
es
alternativa
o
,
se
la
tiene
por
19
precedente
modalidades
autoriza
Artículo
789
.
Opción
entre
modalidades
y
circunstancias
Si
en
la
obligación
se
la
opción
respecto
de
sus
o
circunstancias
,
se
aplican
las
reglas
Obligaciones
divisibles
Artículo
805
.
Concepto
Obligación
divisible
es
la
que
tiene
por
prestaciones
susceptibles
de
cumplimiento
.
21
goce
antieconómico
divisible
valor
calidad
requisitos
fraccionable
afectado
Artículo
806
.
Requisitos
La
prestación
jurídicamente
exige
la
concurrencia
de
los
siguientes
:
a
)
ser
materialmente
,
de
modo
que
cada
una
de
sus
partes
tenga
la
misma
del
todo
;
b
)
no
quedar
significativamente
el
del
objeto
,
ni
ser
su
uso
y
,
por
efecto
de
la
divisió
n
22
divisibl
entero
deudor
objeto
Artículo
807
.
Deudor
y
acreedor
singulares
Si
solo
hay
un
y
un
acreedor
,
la
prestación
debe
ser
cumplida
por
,
aunque
su
sea
23
cuota
acreedor
divisible
constitutivo
insolvencia
independiente
fraccionar
Artículo
808
.
Principio
de
división
Si
la
obligación
tiene
más
de
un
o
más
de
un
deudor
,
se
debe
en
tantos
créditos
o
deudas
iguales
,
como
acreedores
o
deudores
haya
,
siempre
que
el
título
no
determine
proporciones
distintas
.
Cada
una
de
las
partes
equivale
a
una
prestación
diversa
e
.
Los
acreedores
tienen
derecho
a
su
y
los
deudores
no
responden
por
la
de
los
demá
s
24
obligación
invocarse
pago
codeudor
Artículo
809
.
Límite
de
la
divisibilidad
La
divisibilidad
de
la
no
puede
por
el
a
cuyo
cargo
se
deja
el
de
toda
la
deuda
.
25
reglas
deudor
demasía
tercero
reglas
subrogación
demasía
deudor
Artículo
810
.
Derecho
al
reintegro
En
los
casos
en
que
el
paga
más
de
su
parte
en
la
deuda
:
a
)
si
lo
hace
sabiendo
que
en
la
paga
una
deuda
ajena
,
se
aplican
las
de
la
por
ejecución
de
la
prestación
por
un
;
b
)
si
lo
hace
sin
causa
,
porque
cree
ser
del
todo
,
o
porque
el
acreedor
ya
percibió
la
,
se
aplican
las
del
pago
indebido
.
26
84
acreedores
determina
dispuesto
Artículo
811
.
Participación
La
participación
entre
los
de
lo
que
uno
de
ellos
percibe
de
más
se
conforme
a
lo
por
el
artículo
27
solidaridad
divisible
activa
Artículo
812
.
Caso
de
solidaridad
Si
la
obligación
es
además
solidaria
,
se
aplican
las
reglas
de
las
obligaciones
solidarias
,
y
la
o
pasiva
,
según
correspond
a
28
susceptibles
parcial
indivisibles
Obligaciones
indivisibles
Artículo
813
.
Concepto
Son
las
obligaciones
no
de
cumplimiento
.
29
solidaria
convino
indivisible
materialmente
sobre
Artículo
814
.
Casos
de
indivisibilidad
Hay
indivisibilidad
:
a
)
si
la
prestación
no
puede
ser
dividida
;
b
)
si
la
indivisibilidad
es
convenida
;
en
caso
de
duda
si
se
que
la
obligación
sea
o
solidaria
,
se
considera
;
c
)
si
lo
dispone
la
le
y
30
correspondientes
cierta
excepto
hacer
unidad
indivisibl
deudor
accesorias
derecho
Artículo
815
.
Prestaciones
indivisibles
Se
consideran
indivisibles
las
prestaciones
a
las
obligaciones
:
a
)
de
dar
una
cosa
;
b
)
de
hacer
,
si
han
sido
convenidas
por
de
medida
y
el
tiene
a
la
liberación
parcial
;
c
)
de
no
;
d
)
,
si
la
principal
es
31
acreedores
simultánea
totalidad
pago
codeudores
Artículo
816
.
Derecho
de
los
acreedores
al
pago
total
Cada
uno
de
los
tiene
derecho
de
exigir
la
del
a
cualquiera
de
los
,
o
a
todos
ellos
,
o
sucesivament
e
Artículo
817
.
Derecho
a
pagar
Cualquiera
de
los
codeudores
tiene
a
pagar
la
de
la
deuda
a
cualquiera
de
los
acreedor
e
33
acreedores
crédito
novación
crédito
pago
Artículo
818
.
Modos
extintivos
La
unanimidad
de
los
es
requerida
para
extinguir
el
por
transacción
,
,
dación
en
y
remisión
.
Igual
recaudo
exige
la
cesión
del
,
no
así
la
compensación
.
34
responsabilidad
deudores
atribución
Artículo
819
.
Responsabilidad
de
cada
codeudor
La
mora
de
uno
de
los
o
de
uno
de
los
acreedores
,
y
los
factores
de
de
de
uno
u
otro
,
no
perjudican
a
los
demás
.
35
invertido
deuda
deudores
reclamar
valor
gastos
Artículo
820
.
Contribución
Si
uno
de
los
paga
la
totalidad
de
la
,
o
repara
la
totalidad
de
los
daños
,
o
realiza
en
interés
común
,
tiene
derecho
a
a
los
demás
la
contribución
del
de
lo
que
ha
en
interés
de
ellos
,
con
los
alcances
que
determina
el
artículo
841
.
36
conforme
parcialmente
acreedores
crédito
derecho
cuota
participación
alcances
crédito
Artículo
821
.
Participación
Si
uno
de
los
recibe
la
totalidad
del
o
de
la
reparación
de
los
daños
,
o
más
que
su
,
los
demás
tienen
a
que
les
pague
el
valor
de
lo
que
les
corresponde
a
la
cuota
de
de
cada
uno
de
ellos
,
con
los
que
determina
el
artículo
841
.
Tienen
igual
derecho
si
el
se
extingue
total
o
,
por
compensación
legal
.
37
extintiva
suspensión
interrupción
dispuesto
deudores
prescripción
Artículo
822
.
Prescripción
extintiva
La
prescripción
cumplida
es
invocable
por
cualquiera
de
los
contra
cualquiera
de
los
acreedores
.
La
y
la
del
curso
de
la
extintiva
se
rigen
por
lo
en
el
Libro
Sext
o
38
subsidiariamente
relativas
indivisibles
Artículo
823
.
Normas
subsidiarias
Las
normas
a
las
obligaciones
solidarias
son
aplicables
a
las
obligaciones
.
39
obligaciones
deudores
excepto
parágrafo
cumplimiento
cobrar
acreedores
Artículo
824
.
Indivisibilidad
impropia
Las
disposiciones
de
este
se
aplican
a
las
cuyo
sólo
puede
ser
exigido
por
todos
los
en
conjunto
,
o
realizado
por
todos
los
en
conjunto
,
las
que
otorgan
a
cada
uno
el
derecho
de
o
a
pagar
individualmente
.
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