1
ede constituirse en construcciones nuevas o en proyecto, así como en inmuebles construidos con anterioridad siempre que el inmueble cumpla con lo establecido en el artículo 4 de esta Ley
2
Se constituye por lotes de terreno individual, considerados como Unidades de Propiedad Exclusiva, en los cuales cada condómino edificará su construcción atendiendo las especificaciones técnicas que establezca la autoridad municipal correspondiente al momento de otorgar la licencia de construcción respectiva, así como las normas generales y especiales del Condominio
3
El régimen de propiedad en condominio vertical, horizontal o mixto se constituye cuando los diferentes pisos, departamentos, viviendas o locales de un inmueble, susceptible de aprovechamiento independiente por tener salida propia a un elemento común de aquél o a la vía pública pertenecen a distintos condóminos.
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es aquella donde el condómino tiene derecho de uso exclusivo de su terreno y es propietario de la edificación en el mismo
5
edificio de varios niveles en un terreno común con unidades de propiedad privativa y derechos de copropiedad
6
está formado por condominios verticales y horizontales)
7
aquellos en los que las unidades de propiedad exclusiva están destinadas a la vivienda.
8
aquellos en donde las unidades de propiedad exclusiva se destinan a actividades propias del ramo.
9
aquellos en los que las unidades de propiedad exclusivas están destinadas al giro o servicio que corresponda según su actividad.
10
aquellos en donde las unidades de propiedad exclusiva se destinan a dos o más de los usos señalados en los incisos anteriores.