1
: Esta legitimación corresponde a la persona que aparece designada como obligada en el propio título valor.
2
: Esta se atribuye al poseedor del título valor que cumple los requisitos derivados del propio título
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Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento.
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Estos se definen como aquellos que atribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada.
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Es aquel título valor que incorporada una orden de pago incondicionada dada por el que emite la letra, para que al vencimiento le pague a otra tercera persona una suma de dinero que consta en la letra
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Se definen como aquellos que designan como titular a una persona determinada, persona cuya titularidad se recoge en el propio título valor.
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). Los títulos valores se transmiten a través de la mera transferencia posesoria siempre que esta obedezca a una causa lícita.
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Se definen como aquellos que incorporan un derecho
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el poseedor – y cada poseedor - tiene un derecho propio, nuevo, originario y, por lo tanto, no le son oponibles las excepciones que el deudor podría invocar frente a los anteriores tenedores del título
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Vienen definidos como aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías
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: Son aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación de otros titulares en el propio documento
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es otro título valor muy semejante a la letra de cambio. Es, entonces, un documento escrito, mediante el cual, una persona (librado) se compromete a pagar al tenedor una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada previamente
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es el documento que contiene una orden incondicionada de pago de una determinada suma de dinero al tenedor.