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Jefe de seguridad. Director de seguridad

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Diferencia entre jefe y director de seguridad privada

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Jefe de seguridad. Director de seguridadVersión en línea

Diferencia entre jefe y director de seguridad privada

por C. Costas
1

La organización, dirección e inspección del personal de seguridad privada

2

La inspección y la dirección de recursos y servicios de seguridad privada disponibles

3

Analizar situaciones de riego y la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de servicios de seguridad privada

4

La identificación, el análisis y la evaluación de situaciones de riesgo que afecten a la vida y al patrimonio

5

La coordinación de distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.

6

La garantía de colaboración de los servicios de seguridad con las de las correspondientes FCS

7

La comunicación con FCS de lo que afecte a la seguridad privada o a delitos.

8

La interlocución y el enlace con la Administración especialmente con las FCS

9

El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, y la propuesta de la adopción de medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de esta finalidad

10

El control del funcionamiento y mantenimiento de los sistemas de seguridad privada

11

La comprobación de que los sistemas de seguridad privada instalados y las empresas de seguridad privada, contratadas, cumplen con las exigencias de homologación de los organismos competentes.

12

La supervisión de la observancia de la normativa de seguridad privada aplicable

13

La responsabilidad sobre la custodia del traslado de armas, de titularidad de la empresa, a la que pertenezca, de acuerdo con la normativa de armas y con lo que reglamentariamente se determine.

14

La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes y el control de su funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto, se produzca la inspección y autorización en su caso, por parte de la Administración.

15

La planificación, organización y control de las actuaciones precisas para la implantación de las medidas conducentes a prevenir, proteger y reducir la manifestación de riesgos de cualquier naturaleza, con medios y medidas precisas, mediante la elaboración del desarrollo de los planes de seguridad aplicables

16

La validación provisional, hasta la comprobación, en su caso, por parte de la Administración, de las medidas de seguridad, en lo referente a la adecuación de la normativa de seguridad privada.

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