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Derecho mercantil: Tema 8

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Primera parte

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Derecho mercantil: Tema 8Versión en línea

Primera parte

por Abdul Hasain
1

Las obligaciones mercantiles que nacen por lo general de los contratos mercantiles tienen como característica el ser típicas o uniformes y no tener en cuenta la personalidad de las partes que en ellas intervienen.

2

Si no se ha fijado plazo o fecha para el pago de un contrato suscrito entre empresarios y/o profesionales, el pago se tendrá que efectuar a los 60 días de la recepción de las mercancías o de la prestación del servicio.

3

El deudor moroso además de cumplir lo pactado en el contrato debe indemnizar al acreedor cumplidor de los daños y perjuicios causados y si la deuda es pecuniaria los perjuicios se concretan en los intereses.

4

La prescripción se diferencia de la caducidad en que en aquella cabe la interrupción mientras que en la caducidad no.

5

El contrato entre ausentes sólo queda perfeccionado cuando el oferente conoce la aceptación de su oferta o desde que habiéndosela remitido al aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe.

6

El derecho de desistimiento en los contratos es un derecho legal que nace siempre que el contrato es celebrado o perfeccionado fuera del establecimiento mercantil.

7

Si el contrato no consta documentado, no existe contrato .

8

Son elementos relevantes de las condiciones generales de la contratación que el redactor de las cláusulas sea el empresario, la imposición por parte de éste de las condiciones generales y la adhesión de la otra parte.

9

La cesión del contrato requiere el consentimiento del contratante cedido al suponer una novación subjetiva del mismo.

10

La predisposición de las cláusulas generales para ser incorporadas a una pluralidad de contratos es un requisito relevante de la definición legal de las condiciones generales.

11

La sanción que establece la Ley General de Protección a los Consumidores y Usuarios respecto a las Condiciones Generales abusivas es la nulidad de pleno derecho.

12

Las cláusulas generales incorporadas en los contratos mercantiles en los que ambas partes son empresarios siempre que sean contrarias a la buena fe, causen un perjuicio al adherente son nulas por abusivas.

13

El contrato de compraventa es el prototipo de los contratos de cambios por lo que sus normas se aplican a otros contratos afines siempre que exista analogía.

14

La compraventa de 100 kilos de azúcar por un obrador es una compraventa mercantil.

15

La puesta a disposición por el vendedor al comprador de las mercancías compradas equivale a la entrega de dichas mercancías.

16

El vendedor responde frente al comprador cuando éste sea consumidor de la falta de conformidad de los bienes con el contrato durante el plazo de dos años.

17

La transmisión de los riesgos del vendedor al comprador en la compraventa a examen -o prueba- se produce tras ser examinada o cuando tiene la condición.

18

La falta de cooperación en la recepción de las mercancías compradas por parte del comprador sin mediar justa causa faculta al vendedor a optar entre la consignación judicial de las mercancías o resolver el contrato.

19

Los defectos de cantidad o calidad de las mercancías entregadas por el vendedor deben ser denunciados en el momento de la entrega o en el plazo de 4 días cuando las mercancías se entregan enfardadas o embaladas.

20

La reserva de dominio en la compraventa a plazos es una obligación esencial de ese contrato por lo que el comprador deviene propietario de la cosa comprada cuando ha abonado la última cuota del precio aplazado, antes lo es el vendedor.

21

El contrato de suministro se diferencia del contrato de compraventa en que en este el suministrador tiene que realizar varias prestaciones independientes derivadas de un único contrato mientras que en el contrato de compraventa la prestación es única, aunque puede fraccionarse en el tiempo o lo que es lo mismo, en que aquél es un contrato de tracto sucesivo mientras que la compraventa es de tracto único.

22

El contrato de arrendamiento financiero o leasing es un procedimiento o técnica de adquisición de bienes muebles o inmuebles.

23

En el contrato de arrendamiento financiero el propietario de la cosa financiada mediante el contrato es el arrendador financiero, no el arrendatario financiero.

24

La plena protección frente a terceros del derecho del arrendador se obtiene con la inscripción en el Registro de la Propiedad en el caso del leasing inmobiliario y en el registro de bienes muebles en el caso del leasing mobiliario.

25

La determinación del bien objeto del contrato de leasing corresponde al arrendatario financiero.

26

Los contratos de comisión, agencia y concesión tienen en común que son contratos de colaboración entre empresarios.

27

El comisionista en la comisión puede actuar en nombre propio o en nombre del comitente.

28

Si el comisionista actúa en nombre del comitente al ejecutar el encargo encomendado el comitente es quien adquiere los derechos frente a terceros y estos contra él como consecuencia del contrato celebrado por el comisionista.

29

El contrato de comisión es consensual por lo que se presume aceptada la comisión si el comisionista ejecuta alguna gestión en relación con el encargo encomendado por el comitente.

30

La obligación del comisionista en cuanto al cumplimiento del encargo encomendado dependerá del tipo de comisión facultativa, indicativa o imperativa.

31

El comisionista puede suspender la ejecución aceptada del encargo recibido si no recibe del comitente la provisión de fondos, salvo que se hubiere pactado lo contrario.

32

El comisionista, con independencia del tipo de comisión, al ejecutar el encargo debe velar siempre por el interés del comitente por lo que el comisionista tiene prohibido comprar para sí o vender al comitente lo que es suyo.

33

El comisionista no puede vender a plazos, salvo que esté autorizado por el comitente.

34

El comisionista tiene que rendir cuentas de forma pormenorizada y justificada de las cantidades recibidas del comitente, por lo que deberá reintegrar al comitente el sobrante de lo percibido en concepto de provisión de fondos.

35

El comisionista garantiza frente al comitente del cumplimiento por el tercero del contrato ya que ha sido el comisionista quien ha contratado con el tercero.

36

La retribución del comisionista por la ejecución del encargo encomendado por el comitente se le llama comisión.

37

Mientras las mercancías o efectos estén en poder del comisionista tiene el derecho de retención frente al comitente para que le sea abonado con preferencia a cualquier otro acreedor su comisión.

38

La muerte del comitente es causa de resolución de la comisión.

39

El comitente puede resolver libremente el contrato sin necesidad del consentimiento del comisionista.

40

Si el comitente resuelve unilateralmente el contrato de comisión deberá satisfacer al comisionista los gastos en que éste haya incurrido hasta la notificación de la resolución.

41

El agente es un empresario que colabora con otro empresario de forma independiente obligándose a cambio de una contraprestación que se llama comisión a promover y/o concluir por cuenta ajena operaciones para el empresario que le contrato sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de dichas operaciones.

42

Los preceptos de la Ley que regula el contrato de Agencia son de carácter imperativo.

43

El agente tiene la obligación de no hacer competencia al empresario principal con el que concertó el contrato de agencia.

44

El empresario debe proporcionar al agente la información necesaria y la documentación precisa para llevar a cabo la actividad promocional.

Explicación

Los contratos mercantiles están regulados por el CCom, que establece regímenes “típicos”(compraventa, comisión, agencia, etc.) con cláusulas uniformes independientemente de quién las celebre.

● FALSO. Si no se hubiese fijado plazo máximo en el contrato: 30 días a contar desde el día siguiente a la recepción de las mercancías o la prestación de los servicios (si se envía la factura antes de la recepción de las mercancías el plazo no empezará a correr hasta el día siguiente de su recepción.) ● Si se hubiese fijado plazo de pago en el contrato: 60 días como máximo, a contar después de la recepción de la factura ya sea de forma física o electrónica.

Pecuniaria → Perteneciente o relativo al dinero en efectivo. ● El Código Civil prevé el derecho a intereses de demora como compensación automática por mora en pagos.

La documentación del contrato no es un requisito esencial para la validez del contrato, solo sirve para perfeccionarlo.

Puede que sea un tercero.

Una CGC (Condición General de Contratación) es aquella cláusula predispuesta para la pluralidad de contratos - con independencia de quien sea el redactor de las mismas.

El contrato solo será nulo si quitada esa cláusula el contrato no se puede cumplir.

El que una cláusula sea abusiva lo determina la LGDCU, y para que sea declarada abusivare quiere que una de las partes sea consumidor, si es de empresario no será abusiva aunque la condición sea contraria a la buena fe.

El Código de Comercio envía por analogía normas de compraventa a permuta, permuta financiera u otros contratos de cambio. El trueque es sinónimo de permuta.

Obrador: Taller artesanal, especialmente el de confitería y repostería. Quien actúa como empresario o profesional en su actividad habitual realiza actos de comercio. ● CCom. Art. 325: Será mercantil la compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma que se compraron, o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa.

Todo contrato es generador de obligaciones.

El Código de Comercio dispone que el riesgo pasa al comprador cuando recibe la mercancía o, en compraventa a prueba, cuando acepta tras examen.

La obligación del comprador es cooperar con el vendedor

Los vicios pueden ser aparantes y ocultos. ● El Código de Comercio exige reclamación inmediata o, si están embaladas, dentro de cuatro días para no perder el derecho.

La vigente ley de compraventa a plazos es de 1988. La reserva de dominio significa que, mientras no se cumpla íntegramente el contrato, la cosa sigue siendo propiedad del vendedor.

Compraventa (tracto único): un solo intercambio entrega de la cosa y pago aunque pueda entregarse en plazos, queda perfeccionada en un momento. ● Suministro (tracto sucesivo): pacta el abastecimiento periódico o continuo de bienes o servicios; cada entrega o prestación es autónoma pero integrada en un mismo marco contractual. En el contrato de suministro no cabe la devolución, mientras que en el de compraventa sí.

El leasing no es un mero alquiler: es un sistema que permite al usuario (arrendatario) disfrutar de un bien durante un plazo y optar al final por comprarlo, renovar o devolverlo, combinando financiación y uso.

Legalmente la titularidad recae en quien compra inicialmente el bien (arrendador), mientras el arrendatario ejerce un derecho de uso con obligación de pago.

Para que terceros reconozcan la titularidad y la reserva de dominio es preciso inscribir el derecho real o la garantía en el registro que corresponda al tipo de bien.

El arrendatario elige el bien a adquirir y se lo financia el arrendador, luego éste lo compra según la especificación aportada.

En todos, un empresario (comitente, principal, cedente) encarga a otro (comisionista, agente, concesionario) la promoción u operación de negocios por su cuenta y riesgo, compartiendo objetivos comerciales.

El CCom lo define como mandato mercantil. ● Por defecto opera en nombre propio (actúa como su propia contraparte frente a terceros), pero si hay pacto expreso puede obrar en nombre del comitente.

Actuando en representación, la posición jurídica recae directamente en el representado: el tercero se obliga ante el comitente.

No exige forma especial; basta que el comisionista inicie la ejecución para presumir la existencia y aceptación del contrato.

Imperativa: debe concretar la operación exactamente. Facultativa o indicativa: solo buscar posibilidades o proponer.

Solo cabe la anticipación de fondos si así se ha pactado, si no el comisionista puede suspender la ejecución inicial hasta que el comisionista no le provea de fondos. ● Sin los medios económicos necesarios para la operación, puede paralizar su gestión hasta recibir la provisión.

El precio es marcado por el mercado, no por el comisionista. Deber de abstención y lealtad: no puede competir ni beneficiarse personalmente en detrimento del comitente. La regla general es la omisión del comisionista de entrar en el mercado por conflicto de intereses.

Extender plazos implica riesgo y cambios en el precio; requiere el permiso expreso del comitente.

La provisión de fondos no es para que se la queda el comisionista, sino que el comisionista tendrá que devolverlo porque como su propio nombre lo indica es un fondo para sufragar. Libro de cuentas y obligación de entrega de saldos no usados para transparencia y control,

El comisionista actúa entre comitente y tercero, pero no asume la responsabilidad de cumplimiento: solo intermedia.

Es la remuneración pactada por su intermediación, calculada habitualmente como porcentaje del valor de la operación.

Derecho de garantía real: el comisionista puede retener bienes hasta recibir su paga.

La muerte del comisionista sí es causa de resolución del contrato de comisión, pero no lo es la del comitente, salvo pacto en contrario.

El contrato de comisión es mayoritariamente retractable: el comitente puede revocar el mandato, debiendo cumplir con los gastos causados.

Esa es la definición de agente que da el contrato de agencia.

La ley del contrato de agencia dice que lo establecido en la ley tendrá preceptos imperativos, es decir, que no se pueden pactar porque irían en contra.

El agente debe actuar con lealtad y no actuar en mercados concurrentes que perjudiquen al principal.

El principal está obligado a facilitar medios e información imprescindible para que el agente cumpla su mandato.

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