1
Conforme a la Orden por la que se establece la jornada y horario de los Agentes de
Medio Ambiente, para los fines de semana se podrán aplicar horarios especiales, a
excepción del periodo comprendido entre:
2
29. Conforme a la Orden por la que se establece la jornada y horario de los Agentes de
Medio Ambiente, la disponibilidad nocturna para atender tareas de extinción de incendios
forestales, se activará en el período comprendido entre:
3
30. De conformidad a la Orden por la que se establece la jornada y horario de los Agentes
de Medio Ambiente, la disponibilidad nocturna para atender tareas de extinción de
incendios forestales, se aplicará con:
4
31. Conforme a la Orden por la que se establece la jornada y horario de los Agentes de
Medio Ambiente, el personal en disponibilidad nocturna:
5
33. Dicha Orden determina que el descanso semanal:
Choose one or more answers
6
Con excepción de los fines de semana y días festivos incluidos como laborables, el
cuadrante se confeccionará incluyendo:
7
Al objeto de que exista un reparto equitativo del horario entre todo el personal, qué
máximo de desviación, en cómputo anual, se establece respecto a la media de las
unidades biogeográficas de una misma provincia:
8
De conformidad con el artículo 22.3 de Ley 15/2001, de 26 de diciembre, por la que se
aprueban medidas fiscales, presupuestarias, de control y administrativas, las personas
funcionarias pertenecientes a la Especialidad:
9
Conforme al artículo 6.q de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, los
Agentes de Medio Ambiente, actuarán:
10
El artículo 91 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, forestal de Andalucía determina que
inspectores habilitados singular o genéricamente y los Agentes Forestales tendrán el
carácter de:
11
El artículo 94.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas establece que:
12
El artículo 130 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad
Ambiental establece que tendrán la consideración de agentes de la autoridad:
|