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Capítulo II del estatuto de autonomía de Extremadura (Parte 1)

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El Capítulo II establece los derechos y deberes de los extremeños, complementando los de la Constitución. Promueve igualdad, libertad, y participación en la vida política, económica, cultural y social. Además, fomenta la equidad territorial, la cohesión social, el pleno empleo, la investigación, la innovación y el acceso a nuevas tecnologías.

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Capítulo II del estatuto de autonomía de Extremadura (Parte 1)Versión en línea

El Capítulo II establece los derechos y deberes de los extremeños, complementando los de la Constitución. Promueve igualdad, libertad, y participación en la vida política, económica, cultural y social. Además, fomenta la equidad territorial, la cohesión social, el pleno empleo, la investigación, la innovación y el acceso a nuevas tecnologías.

por Ddsg Cccf
1

¿Qué derecho específico se menciona en el artículo 6 que los extremeños pueden ejercer en relación con la participación en los asuntos públicos?

2

Según el artículo 6, además de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, ¿qué otros derechos pueden ejercer los extremeños frente a los poderes públicos regionales?

3

¿Qué otro derecho, además del de participación en los asuntos públicos, se menciona explícitamente en el artículo 6?

4

¿Dónde se recogen los derechos fundamentales de los extremeños?

5

Según el artículo 6, ¿qué deben hacer los extremeños para contribuir al bienestar colectivo?

6

¿Qué relación tienen los deberes de los extremeños con el bienestar colectivo según el artículo 6?

7

¿Dónde están previstos los deberes de los extremeños para contribuir al bienestar colectivo?

8

Según el artículo 7 ¿Cuál es una de las finalidades primordiales de los poderes públicos al ejercer sus atribuciones?

9

Ejercerán sus atribuciones con las finalidades primordiales de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico para que...

10

Completa la frase: Ejercerán sus atribuciones con las finalidades primordiales de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; y facilitar la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un contexto de:

11

Según el artículo 7.2, ¿cómo se promoverán los valores y la identidad de los extremeños?

12

¿Qué aspecto del patrimonio de Extremadura recibe especial atención según el artículo 7.2?

13

¿Cómo deben abordar la equidad territorial y la cohesión social según el artículo 7.3?

14

Artículo 7.3 Asimismo, alentarán el crecimiento demográfico regional, apoyarán el retorno de los emigrantes y lucharán contra la despoblación de las zonas rurales.

15

Según el artículo 7.4, ¿Cuáles son los instrumentos necesarios para la concepción y ejecución de políticas de cohesión y desarrollo?

16

¿Cuál es el enfoque principal del artículo 7.4 en relación con la participación de sindicatos y empresarios?

17

¿Qué marco se menciona en el artículo 7.5 como crucial para la consecución del pleno empleo?

18

¿Hacia que objetivo irán dirigidas las políticas que promuevan la inversión productiva y que ajusten la oferta y la demanda de trabajo en un marco de responsabilidad social empresarial?

19

¿Qué áreas serán estimuladas según el artículo 7.6?

20

¿Qué objetivo específico tienen los mecanismos legales y técnicos mencionados en el artículo 7.6?

21

Según el artículo 7.6, ¿Quiénes deben incorporar procesos innovadores

Explicación

Artículo 6.1 Además, podrán ejercer frente a los poderes públicos regionales aquellos otros derechos contenidos en este Estatuto o en la legislación, especialmente el de participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes y el de petición

Artículo 6.1. Además, podrán ejercer frente a los poderes públicos regionales aquellos otros derechos contenidos en este Estatuto o en la legislación,

Artículo 6.1 Además, podrán ejercer frente a los poderes públicos regionales aquellos otros derechos contenidos en este Estatuto o en la legislación, especialmente el de participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes y el de petición

Artículo 6.1 Además, podrán ejercer frente a los poderes públicos regionales aquellos otros derechos contenidos en este Estatuto o en la legislación

Artículo 6.2 Para contribuir al bienestar colectivo, son deberes de los extremeños los previstos en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

Artículo 6.2 Para contribuir al bienestar colectivo, son deberes de los extremeños los previstos en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

Artículo 6.2 Para contribuir al bienestar colectivo, son deberes de los extremeños los previstos en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

Artículo 7.1. Ejercerán sus atribuciones con las finalidades primordiales de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas

Artículo 7.1 Ejercerán sus atribuciones con las finalidades primordiales de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; y facilitar la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un contexto de libertad, justicia y solidaridad.

2. Fomentarán los valores de los extremeños y el afianzamiento de su identidad a través de la investigación, desarrollo y difusión de los rasgos sociales, históricos, lingüísticos y culturales de Extremadura en toda su variedad y extensión, con especial atención al rico patrimonio de las formas tradicionales de la vida de los pueblos, en un marco irrenunciable de pleno desarrollo socioeconómico rural.

Artículo 7.2 Fomentarán los valores de los extremeños y el afianzamiento de su identidad a través de la investigación, desarrollo y difusión de los rasgos sociales, históricos, lingüísticos y culturales de Extremadura en toda su variedad y extensión, con especial atención al rico patrimonio de las formas tradicionales de la vida de los pueblos, en un marco irrenunciable de pleno desarrollo socioeconómico rural

Artículo 7.3 Impulsarán activamente la equidad territorial y la cohesión social en sus políticas internas y en sus relaciones con otras Comunidades Autónomas, con las instituciones generales del Estado y con las europeas.

Artículo 7.3 Asimismo, alentarán el crecimiento demográfico regional, apoyarán el retorno de los emigrantes y lucharán contra la despoblación de las zonas rurales.

Artículo 7.4 Promoverán la concertación y el diálogo social con sindicatos y empresarios como instrumentos necesarios en la concepción y ejecución de sus políticas de cohesión y desarrollo.

Artículo 7.4 Promoverán la concertación y el diálogo social con sindicatos y empresarios como instrumentos necesarios en la concepción y ejecución de sus políticas de cohesión y desarrollo.

Artículo 7.5. Adoptarán activamente todo tipo de políticas para la consecución del pleno empleo, especialmente mediante medidas que promuevan la inversión productiva y que ajusten la oferta y la demanda de trabajo en un marco de responsabilidad social empresarial.

Adoptarán activamente todo tipo de políticas para la consecución del pleno empleo, especialmente mediante medidas que promuevan la inversión productiva y que ajusten la oferta y la demanda de trabajo en un marco de responsabilidad social empresarial.

Artículo 7.6 Estimularán la investigación científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores por los actores económicos, el acceso a las nuevas tecnologías por parte de empresas y ciudadanos y los mecanismos legales y técnicos que faciliten el libre acceso de todos al conocimiento y la cultura.

Artículo 7.6 Estimularán la investigación científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores por los actores económicos, el acceso a las nuevas tecnologías por parte de empresas y ciudadanos y los mecanismos legales y técnicos que faciliten el libre acceso de todos al conocimiento y la cultura.

Artículo 7.6 Estimularán la investigación científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores por los actores económicos, el acceso a las nuevas tecnologías por parte de empresas y ciudadanos y los mecanismos legales y técnicos que faciliten el libre acceso de todos al conocimiento y la cultura.

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