Relacionar Columnas CULTURA TRIBUTARIA - 1 BGU "C"Versión en línea RELACIONE LAS COLUMNAS por Dayanara Narváez 1 EQUIDAD 2 EFICIENCIA 3 ARTÍCULO 300 4 SRI 5 GENERALIDAD 6 IRRECTROACTIVIDAD 7 GASTO PÚBLICO 8 IMPUESTO 9 CULTURA TRIBUTARIA 10 SIMPLICIDAD ADMINISTRATIVA Los impuestos son generales, por lo que se deben aplicar a todos los miembros de la sociedad ecuatoriana Ningún impuesto puede afectar a transacciones efectuadas con anterioridad a la fecha de su emisión NECESIDADES DE CARACTER PÚBLICO PARA LA SOCIEDAD Única Institución autorizada para el cobro de impuestos en el Ecuador Conjunto y serie de valores sobre el pago oportuno de los impuestos Las autoridades fiscales deben procurar procesos ágiles y alejados de toda burocracia. Pagos obligatorios que se realizan al Estado para ejercecer actividades económicas lícitas. Artículo de la Constitución de República del Ecuador que establece el pago de impuestos Se refiere a qué impuestos se calculan y pagan con relación a la capacidad económica de los contribuyentes. El SRI debe implementar impuestos claros y objetivos, que no distorsionen la economía.