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VACACIONES.

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VACACIONES.

Completa las palabras que faltan.

Mágico Mir
1

dieciocho finalizar incapacidad distinta dos convenio contingencias treinta jurisdicción irrecurrible común económica retribuidas naturales

Vacaciones anuales .
1 . El periodo de vacaciones anuales , no sustituible por compensación , será el pactado en colectivo o contrato individual . En ningún caso la duración será inferior a días .
2 . El periodo o periodos de su disfrute se fijará de acuerdo entre el empresario y el trabajador , de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones .
En caso de desacuerdo entre las partes , la social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será . El procedimiento será sumario y preferente .
3 . El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa . El trabajador conocerá las fechas que le correspondan meses antes , al menos , del comienzo del disfrute .
Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una temporal derivada del embarazo , el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en los apartados 4 , 5 y 7 del artículo 48 , se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera , al el periodo de suspensión , aunque haya terminado el año natural a que correspondan .
En el supuesto de que el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas , total o parcialmente , durante el año natural a que corresponden , el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de meses a partir del final del año en que se hayan originado .