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Contratos

Características contratos

R Rez
1

85% convenio formación retribuida 60% tres colectivo meses 65% años

Dentro de los contratos formativos , distinguimos dos .
El contrato en alternancia , tiene la finalidad de compatibilizar la actividad laboral con la .
Uno de sus requisitos , es no tener un título universitario o de FP , ya que está alternando los estudios con el contrato de trabajo .
La duración mínima es de y la máxima de dos .
Durante el primer año , el tiempo efectivo de trabajo no puede superar el de la jornada y durante el segundo año el .
La retribución será fijada por para este tipo de contrato , pero si esta fuente del derecho no dijese nada , la retribución mínima a percibir durante el primer año es del del salario de la categoría profesional que desempeñara el trabajador . El segundo año , el 75% , siempre que , tanto para el primer como segundo año , la cantidad resultante sea igual o superior al SMI proporcionalmente al tiempo de trabajo .

2

meses 5 1 3 mes 1 estudios completo escrita 6 titulación año

El segundo contrato formativo , es el de adquisición de la práctica profesional para adquirir experiencia laboral asociada a nuestros .
Se puede realizar el contrato en los años siguientes de terminar los estudios , salvo personas con discapacidad que será en los años siguientes .
La duración mínima es de y la máxima de . No hay máximo para personas con discapacidad o en exclusión social .
El periodo de prueba , no puede superar ( salvo que indicase otra cosa el convenio colectivo aplicable ) .
La jornada , puede ser a tiempo y parcial .
La forma es siempre , haciendo constar expresamente la del trabajador , la duración del contrato y el puesto que ocupará .


3

meses circunstancias 90 12 producción imprevisibles días ocasionales 3 consecutivos 6 indemnización sustitución meses selección

Sobre los contratos temporales :
El contrato por de la tiene dos finalidades .
La primera cubrir aumentos de producción y previsibles , en ese caso el contrato tiene una duración máxima de no en el año natural .
La segunda finalidad es cubrir aumentos ocasionales e de la producción . La duración máxima para cubrir esta necesidad es de , ampliable a 1 año por convenio colectivo .
La indemnización de este contrato es de días por año trabajado .
El segundo contrato es el de de persona trabajadora y entre sus finalidades está sustituir a otro trabajador que tiene derecho a la reserva de trabajo . También cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de , pero en este caso , la duración máxima es de .
La forma de este contrato es siempre escrita , especificando siempre en el contrato el nombre de la persona sustituida y la causa de la sustitución , y en su caso , el puesto de trabajo a cubrir en el proceso de selección .  No tiene derecho a una en su finalización .

4

palabra llamamiento antigüedad 24 relación estacionales ordinarios 33 reincorporarse

Entre otros , como contratos indefinidos podemos mencionar el indefinido ordinario y los fijos discontinuos .
Los indefinidos no exigen requisitos especiales ni al trabajador ni a la empresa . Puede establecerse de o por escrito . Tiene una indemnización de días de trabajo por año trabajado , con un tope de mensualidades .
El contrato fijo discontinuo se utiliza entre otros para trabajos . El , es el acto exclusivo de este contrato por el que la empresa debe contactar al trabajador fijo - discontinuo para al trabajo . La se calcula por la duración de toda la laboral , no el tiempo de trabajo efectivo