El pagaré es un documento mercantil muy similar a la letra de cambio y se utiliza principalmente para obtener recursos financieros.
Es el documento por el que una persona, física o jurídica (firmante), efectúa una promesa de pago a otra (beneficiaria o tenedora) de una cantidad de dinero en una fecha establecida.
Este documento debe estar firmado por el firmante como reconocimiento del compromiso de pago que adquiere, por lo que desaparece la necesidad de aceptación existente en la letra de cambio.
Los pagarés deben ser emitidos a favor o el orden de una persona determinada, sea una persona física o jurídica.
Tal como las letras de cambio, los pagarés pueden endosarse a terceros, pero el endoso debe ser total, puro y simple, es decir, no es transmisible el endoso de una parte del pago. También pueden ser avalados por personas que garanticen el pago.
Está regulado por la Ley cambiaria y del cheque, y se le aplican las mismas disposiciones que en la letra de cambio en todo lo relativo a endoso, aval, vencimiento, pago y acciones por falta de pago.