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Modalidades de los contratos de trabajo estipuladas en la Ley Federal del Trabajo.
1
prueba
indeterminado
inicial
determinado
obra
capacitación
indeterminado
temporada
Artículo
35
.
Las
relaciones
de
trabajo
pueden
ser
para
o
tiempo
,
por
o
por
tiempo
y
en
su
caso
podrá
estar
sujeto
a
o
a
.
A
falta
de
estipulaciones
expresas
,
la
relación
será
por
tiempo
.
2
prueba
a
ciento
treinta
ochenta
indeterminado
periodo
Artículo
39
-
A
.
En
las
relaciones
de
trabajo
por
tiempo
o
cuando
excedan
de
días
,
podrá
establecerse
un
,
el
cual
no
podrá
exceder
de
días
,
con
el
único
fin
de
verificar
que
el
trabajador
cumple
con
los
requisitos
y
conocimientos
necesarios
para
desarrollar
el
trabajo
que
se
solicita
.
3
ochenta
dirección
gerenciales
ciento
administración
Artículo
39
-
A
Párrafo
II
.
El
periodo
de
prueba
podrá
extenderse
hasta
días
,
sólo
cuando
se
trate
de
trabajadores
para
puestos
de
,
y
.
4
sin
prestaciones
seguridad
responsabilidad
terminada
salario
social
Artículo
39
-
A
Párrafo
III
.
Durante
el
período
de
prueba
el
trabajador
disfrutará
del
,
la
garantía
de
la
y
de
las
de
la
categoría
o
puesto
que
desempeñe
.
Al
término
del
periodo
de
prueba
,
de
no
acreditar
el
trabajador
que
satisface
los
requisitos
y
conocimientos
necesarios
,
se
dará
por
la
relación
de
trabajo
,
para
el
patrón
.
5
conocimientos
inicial
capacitación
habilidades
Artículo
39
-
B
.
Se
entiende
por
relación
de
trabajo
para
,
aquella
por
virtud
de
la
cual
un
trabajador
se
obliga
a
prestar
sus
servicios
subordinados
,
bajo
la
dirección
y
mando
del
patrón
,
con
el
fin
de
que
adquiera
los
o
necesarios
para
la
actividad
para
la
que
vaya
a
ser
contratado
.
6
tres
dirección
administración
seis
gerenciales
vigencia
Artículo
39
-
B
Párrafo
II
.
La
de
la
relación
de
trabajo
a
que
se
refiere
el
párrafo
anterior
,
tendrá
una
duración
máxima
de
meses
o
en
su
caso
,
hasta
de
meses
sólo
cuando
se
trate
de
trabajadores
para
puestos
de
,
o
en
la
empresa
o
establecimiento
de
carácter
general
o
profesionales
especializados
.
7
capacitación
improrrogables
prueba
inicial
Artículo
39
-
D
.
Los
periodos
a
y
de
son
.
8
una
sucesiva
simultánea
no
Artículo
39
-
D
Párrafo
II
.
Dentro
de
una
misma
empresa
o
establecimiento
,
podrán
aplicarse
al
mismo
trabajador
en
forma
o
periodos
de
prueba
o
de
capacitación
inicial
,
ni
en
más
de
ocasión
,
ni
tratándose
de
puestos
de
trabajo
distintos
,
o
de
ascensos
,
aun
cuando
concluida
la
relación
de
trabajo
surja
otra
con
el
mismo
patrón
,
a
efecto
de
garantizar
los
derechos
de
la
seguridad
social
del
trabajador
.
9
patrón
substituido
seis
substitución
nuevo
responsable
Artículo
41
.
-
La
de
no
afectará
las
relaciones
de
trabajo
de
la
empresa
o
establecimiento
.
El
patrón
será
solidariamente
con
el
nuevo
por
las
obligaciones
derivadas
de
las
relaciones
de
trabajo
y
de
la
Ley
,
nacidas
antes
de
la
fecha
de
la
substitución
,
hasta
por
el
término
de
meses
;
concluido
éste
,
subsistirá
únicamente
la
responsabilidad
del
patrón
.
10
substitución
contará
seis
sindicato
Artículo
41
Párrafo
II
.
El
término
de
meses
a
que
se
refiere
el
párrafo
anterior
,
se
a
partir
de
la
fecha
en
que
se
hubiese
dado
aviso
de
la
al
o
a
los
trabajadores
.
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