Icon Crear Crear

Artículo 99 - Votación de investidura / confianza

Completar frases

(2)
Completa el artículo 99 tal y como figura en el Título IV de la Constitución Española

Descarga la versión para jugar en papel

Edad recomendada: 16 años
15 veces realizada

Creada por

España

Top 10 resultados

  1. 1
    Beatriz
    Beatriz
    03:25
    tiempo
    100
    puntuacion
  2. 2
    06:29
    tiempo
    100
    puntuacion
  3. 3
    andrea Miguel
    andrea Miguel
    04:48
    tiempo
    97
    puntuacion
¿Quieres aparecer en el Top 10 de este juego? para identificarte.
Crea tu propio juego gratis desde nuestro creador de juegos
Compite contra tus amigos para ver quien consigue la mejor puntuación en esta actividad

Comentarios 0

para escribir un comentario.

Top juegos

  1. tiempo
    puntuacion
  1. tiempo
    puntuacion
tiempo
puntuacion
tiempo
puntuacion
game-icon

Completar

Artículo 99 - Votación de investidura / confianza

Completa el artículo 99 tal y como figura en el Título IV de la Constitución Española

Jorge P H
1

disolverá simple misma cuarenta horas candidato programa meses elecciones Congreso sucesivas expondrá absoluta Cámaras investidura político confianza Presidente no dos Rey ambas propuestas propuesta Rey Congreso Presidencia nuevas

Artículo 99
1 . Después de cada renovación del de los Diputados , y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda , el , previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria , y a través del del Congreso , propondrá un a la del Gobierno .

2 . El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior ante el Congreso de los Diputados el del Gobierno que pretenda formar y solicitará la de la Cámara .

3 . Si el Congreso de los Diputados , por el voto de la mayoría de sus miembros , otorgare su confianza a dicho candidato , el le nombrará Presidente . De alcanzarse dicha mayoría , se someterá la a nueva votación y ocho después de la anterior , y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría .

4 . Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura , se tramitarán en la forma prevista en los apartados anteriores .

5 . Si transcurrido el plazo de , a partir de la primera votación de , ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso , el Rey y convocará con el refrendo del Presidente del .