Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de sistemas basados en certificados electrónicos cualificados
Las Administraciones Públicas están obligadas a verificar la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo,
En relación con los sistemas de identificación mediante sistemas de clave concertada, se establece la obligatoriedad de que en caso de que recojan, almacenen, traten i gestiones categorías especiales de datos a los que se refiere el artículo 9 del Reglamento (UE) 2016/679, dichos sistemas se encuentren situados en
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de sello
Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de
Los interesados podrán identificarse electrónicamente mediante sistemas de clave concertada ante las administraciones públicas siempre que
Para la identificación electrónica de los interesados en el procedimiento, las Administraciones Públicas deberán garantizar la utilización de
En relación con los sistemas de identificación mediante sistemas de clave concertada, se establece la obligatoriedad de que los recursos técnicos necesarios para la recogida, almacenamiento, tratamiento y gestión de dichos sistemas se encuentren situados en territorio
sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica o sistemas basados en certificados electrónicos cualificados de sello electrónico aun cuando se admita para ese mismo procedimiento sistemas de clave concertada
sistemas de clave concertada
territorio español
de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la ‘‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’’.
electrónico expedidos por prestadores incluidos en la ‘‘Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación’’
mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
cuenten con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad
de la Unión Europea