CONTRATO DE LEASING (CARACTERÍSTICAS)
CONTRATO DE RENTING
ARRENDAMIENTO FINANCIERO O LEASING
CONTRATO DE RENTING (OBLIGACIONES DE LAS PARTES)
Contrato mercantil de alquiler con opción a compra, de bienes muebles o inmuebles, que se da en el ámbito de colaboración entre empresas. Una sociedad financiera se compromete a comprar el bien a su propietario y ceder el uso al empresario requirente por un precio cierto. ELEMENTOS REALES: Cosa objeto del contrato y renta o precio. ELEMENTOS PERSONALES: Como arrendador, la sociedad de leasing (solo ejerce función financiera, sin asumir los riesgos de propiedad, vinculados al propietario y arrendatario). Como arrendatario, el empresario. Como propietario, el vendedor de la cosa.
- Arrendador: Ceder el uso del bien y pagar los gastos inherentes a este (mantenimiento, seguro, impuestos, etc). -Arrendatario. Pagar el precio (cuota) por el uso del bien.
Al final del contrato, el usuario puede renovar, no renovar o ejercitar la opción de compra adquiriendo el bien en propiedad (valor residual). Esta opción es obligatoria y la sociedad de leasing no puede negarse si se cumplen los requisitos. Duración mínima: 2 años (bienes muebles) y 10 años (bienes inmuebles). Este contrato está sujeto a IVA.
Alquiler sin necesidad de opción a compra. Normalmente para vehículos, mobiliario y EPI. ELEMENTOS PERSONALES: Como arrendador, la sociedad de renting, y como arrendatario, la empresa o particular que usa el bien a cambio de un precio. DURACIÓN: La estipulada en el contrato. A corto plazo (alquiler puntual) y a medio plazo (más de un año). No suele darse a largo plazo.