Persona que si requiere servicios de salud, solo puede acceder al servicio de Urgencias en la red publica de hospitales.
El aporte de cotización para el trabajador dependiente es el siguiente: el aporte será del 12.5% del ingreso base de cotización - IBC
Persona que tiene capacidad de pago y realiza aportes al SGSSS
Es el Sistema de Identificación y Selección de posibles beneficiarios a subsidios del estado, las cuales determina diferentes rangos, a saber: I, II y III.
Régimen exceptuados que gozan de beneficios diferenciales implementados antes de la ley 100/1993.
A este régimen se pueden afiliar las personas sin capacidad de pago. Los aportes los realiza el estado.
El empleador aporta el 8.5% y el trabajador el 4% y el 1.5% pasará a financiar al Régimen Subsidiado.