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1. CORRECCIÓN DISCIPLINARIA
2. MEDIOS DE APREMIO

Puede aplicarla el Juez y otras autoridades laborales.

Derivan del poder disciplinario de la jurisdicción

Sólo lo aplica el Juez

Multa de hasta 200 UMA

Amonestación y expulsión del local

Presentación por la fuerza pública y arresto (36 h)

Su fin es que tenga su debido cumplimiento lo resuelto por el Tribunal.

Multa de hasta 100 UMA

Su objeto es mantener el orden de los tribunales y el respeto que merece la judicatura

Proceden del imperio derivado de la jurisdicción.