La retención en servicios e consultoría entre contribuyentes especiales es del 20%.
Servicios profesionales de personas naturales, excepto consultoría, están gravados por el 100% de retención en la fuente del IVA.
Los contribuyentes especiales calificados como agentes de retención no retienen a los contribuyentes especiales
Las actividades de arrendamiento mercantil son efecto de retención del 100% del IVA.
Entre contribuyentes especiales hay retención del 10% en bienes, 20% en servicios y 30% en contratos de construcción.
Contribuyentes especiales y contribuyentes calificados como agentes de retención, realizan retenciones de IVA en los siguientes porcentajes: 30% en bienes, 70% en servicios y 100% actividades diversas.