Libres
Universales
Periódicas
Auténticas
Legalidad
Objetividad
Competitivas
Máxima publicidad
Certeza
Elecciones
Imparcialidad
Plurales
Independencia u autonomía
Consiste en dotar de facultades expresas a las autoridades para que todos los participantes en el proceso electoral conozcan previamente con claridad y seguridad las reglas a las que está sujeta su propia actuación y la de las autoridades electorales.
Obliga a que las normas y mecanismos del proceso electoral estén diseñados para evitar situaciones conflictivas sobre los actos previos a la jornada electoral, durante su desarrollo y en las etapas posteriores a la misma.
Debe existir una oposición política con posibilidades reales de obtener un cargo de elección popular a través del voto. Es decir, la oportunidad de que la oposición se convierta en gobierno y las minorías en mayorías.
Los cargos de elección popular deben renovarse tras un plazo establecido en la ley, mismo que siempre debe cumplirse.
Se refiere a la situación institucional que permite a las autoridades electorales emitir sus decisiones con plena imparcialidad y en estricto apego a la normatividad aplicable al caso.
La voluntad del electorado debe reflejarse de manera cierta y positiva en el resultado de los comicios.
Consiste en que las autoridades electorales eviten irregularidades, desviaciones o la proclividad partidista durante el ejercicio de sus funciones.
Constituyen uno de los instrumentos clave en la designación de los gobernantes, la participación política de la ciudadanía, el control del gobierno por ella y la interacción entre partidos o grupos políticos.
Deben permitir la representación de los diversos intereses de una comunidad política.
El derecho a participar en las elecciones debe extenderse a cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en las leyes respectivas, como edad mínima, salud mental o derechos políticos vigentes; sin distinción por sexo, raza, religión, clase social, educación u otros.
Todos los actos y la información en poder de las autoridades electorales son públicos y solo por excepción se podrán reservar en los casos expresamente previstos por las leyes y justificados bajo determinadas circunstancias.
Es la garantía formal para que los ciudadanos y las autoridades electorales actúen en estricto apego a las disposiciones consignadas en la ley para que no se emitan o desplieguen conductas discrecionales o arbitrarias al margen del texto normativo.
El electorado debe poder participar en las elecciones en un contexto de ejercicio pleno de las libertades políticas y civiles, además de que el gobierno en turno no puede intervenir en la selección de los candidatos o partidos políticos.