Artículo 4 Libertad e igualdad
Artículo 3 derecho a la vida
Artículo 2 deberes del estado
Artículo 5 Libertad de acción
Artículo 1 protección a la persona
Artículo 6 detención ilegal
El estado garantiza y protege la vida humana desde su comcepción, asi como la integridad y la seguridad de la persona
Es deber del estado garantizarle a los habitantes de la republica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona
Ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de orden librada con apego a la ley por autoridad judicial competente
toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohibe; no esta obligada a acatar ódenes que no estén basadas en ley y emtidas conforme a ella
En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derecho.
El estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común