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Artículo 4 Libertad e igualdad

Artículo 3 derecho a la vida

Artículo 2 deberes del estado

Artículo 5 Libertad de acción

Artículo 1 protección a la persona

Artículo 6 detención ilegal

El estado garantiza y protege la vida humana desde su comcepción, asi como la integridad y la seguridad de la persona

Es deber del estado garantizarle a los habitantes de la republica la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona

Ninguna persona puede ser detenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de orden librada con apego a la ley por autoridad judicial competente

toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohibe; no esta obligada a acatar ódenes que no estén basadas en ley y emtidas conforme a ella

En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derecho.

El estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común