acuerdo bilateral más básico en materias arancelarias que persigue liberar parcialmente el comercio de listados acotados de productos. Normalmente se le concibe como una primera etapa en un proceso de apertura mayor a largo plazo.
B.
un acuerdo mediante el cual dos o más países regulan de manera tolerante sus relaciones comerciales, con el propósito de acrecentar los flujos de comercio e inversión, a fin de generar mayor nivel de desarrollo económico y social.
4.
Los acuerdos comerciales preferenciales son:
A.
Pacto entre dos o más partes mediante el cual se conceden privilegios especiales en materia comercial, aduanera o de otro tipo. Suele significar excepciones a una regla general.
B.
Acuerdo entre dos o más países para eliminar los aranceles y demás restricciones al comercio entre los países miembros de la unión, manteniendo un arancel exterior común frente a terceros países
C.
Son acuerdos comerciales recíprocos entre dos o más socio
D.
Es el tipo de acuerdo bilateral más básico en materias arancelarias que persigue liberar parcialmente el comercio de listados acotados de productos. Normalmente se le concibe como una primera etapa en un proceso de apertura mayor a largo plazo.
5.
Es una alianza bilateral o multilateral que tiene como objetivo promover el máximo aprovechamiento de los factores de producción y estimular la complementación económica.