1
Actuar con sinceridad, honradez y rectitud, para que las conversaciones procedan con celeridad y confiabilidad.
2
La finalidad de este principio se sitúa en proyectar un futuro deseable para las partes a partir de la resolución constructiva de sus diferencias, y no tanto en estancarse o evadir el pasado.
3
Se basa en reconocer que son ellas quienes tienen la prerrogativa, el derecho y la autoridad para definir sus argumentos, necesidades e intereses, arreglar sus diferencias y elegir las soluciones.
4
Toda información compartida por las partes debe guardarse en la más absoluta reserva, exceptuando claro está, algunas situaciones.
5
Un proceso negociador gesta acuerdos creativos y en manera conjunta, razón elemental en cualquier ejercicio pedagógico que tenga como propósito transformar dialógicamente las dinámicas del conflicto.
6
Es primordial en cuanto fortalece una cultura de la comunicación basada en la convicción social de su utilidad y no en la coacción como mecanismo de medición.
7
Garantizar un proceso mediador equitativo, abstenidos de prevenciones o favoritismos que obstaculicen profundizar en las raíces que dieron origen al conflicto.
8
Son procesos que se adecúan a las circunstancias y a las personas y son susceptibles de aplicar en una amplia gama de diferendos, controversias o confrontaciones interpersonales e incluso, intergrupales.