Notificaciones
Exhortos y requisitorias
Resoluciones judiciales
Citación
Nulidad de notificación
Notificaciones personales
Notificación por edictos
Principio de congruencia
Cuando cause indefención y no se cumplan las formalidades previstas en la ley.
Toda persona está obligada a presentarse ante el Órgano jurisdiccional o ante el Ministerio Público, cuando sea citada.
En audiencia, por medios tecnológicos, en las instalaciones del órgano jurisdiccional y en el domicilio.
Se pronuncian en forma de sentencias y autos, se emiten oralmente y surten sus efectos a más tardar al día siguiente.
Se practican cuando los actos procesales se deben practicar fuera del ámbito territorial del órgano jurisdiccional que conoce el asunto.
Las resoluciones deben ser congruentes con la petición o acusación formulada, fundadas y motivadas.
Cuando se desconozca la identidad o domicilio del interesado
Se practican personalmente, por lista, estrado o boletín judicial según corresponda.