1.
Es una cuenta especial de la Nación, que no tiene personería jurídica, adscrita al Ministerio de la Protección Social, destinada a subsidiar las cotizaciones para pensiones de los grupos de población que por sus características y condiciones socioeconómicas no tienen acceso a los Sistemas de Seguridad Social, el otorgamiento de subsidios económicos para la protección de las personas en estado de indigencia o de pobreza extrema. 1. La definición anterior corresponde a: