CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
TIPOS DE SINDICATO
SINDICATO
DERECHO LABORAL
ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, APARTADO B
LA ASAMBLEA Y LA DIRECTIVA
REQUISITO FORMAL EN EL CONTRATO COLECTIVO
ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, APARTADO A
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL
REQUISITOS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ES LA ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES O PATRONES QUE ESTÁ CONSTITUIDA PARA EL ESTUDIO, MEJORAMIENTO Y DEFENSA DE SUS INTERESES
ORIGEN PROTECCIONISTA, INCONCLUSO Y DE PRIVILEGIO
DEBE SER ESCRITO, REGISTRO ANTE LA AUTORIDAD Y DEBE ADJUNTAR EL TABULADOR DE SUELDO
REGULA LAS RELACIONES LABORALES ENTRE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y LOCAL Y SUS DIFERENTES DEPENDENCIAS
GREMIALES, DE EMPRESA, INDUSTRIALES, NACIONALES DE LA INDUSTRIA, TRABAJADORES DE DIVERSAS PROFESIONES
CONJUNTO DE NORMAS QUE REGULAN LA RELACIÓN ENTRE TRABAJADORES Y PATRONES
REGULA LAS RELACIONES CONTRACTUALES ENTRE LA CLASE TRABAJADORA Y LOS PATRONES, TIENE COMO REGLAMENTARIA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ES UNA INSTITUCIÓN CON PRIMACÍA SOBRE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES
PARTES QUE CONSTITUYEN EL SINDICATO
ES LA FUENTE MÁS USUAL, NACE DE LOS INTERESES ENTRE EL SINDICATO Y LA EMPRESA, FIJA LEYES O NORMAS OBLIGATORIAS