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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

TIPOS DE SINDICATO

SINDICATO

DERECHO LABORAL

ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, APARTADO B

LA ASAMBLEA Y LA DIRECTIVA

REQUISITO FORMAL EN EL CONTRATO COLECTIVO

ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, APARTADO A

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO LABORAL

REQUISITOS DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO ESTABLECIDO EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ES LA ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES O PATRONES QUE ESTÁ CONSTITUIDA PARA EL ESTUDIO, MEJORAMIENTO Y DEFENSA DE SUS INTERESES

ORIGEN PROTECCIONISTA, INCONCLUSO Y DE PRIVILEGIO

DEBE SER ESCRITO, REGISTRO ANTE LA AUTORIDAD Y DEBE ADJUNTAR EL TABULADOR DE SUELDO

REGULA LAS RELACIONES LABORALES ENTRE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y LOCAL Y SUS DIFERENTES DEPENDENCIAS

GREMIALES, DE EMPRESA, INDUSTRIALES, NACIONALES DE LA INDUSTRIA, TRABAJADORES DE DIVERSAS PROFESIONES

CONJUNTO DE NORMAS QUE REGULAN LA RELACIÓN ENTRE TRABAJADORES Y PATRONES

REGULA LAS RELACIONES CONTRACTUALES ENTRE LA CLASE TRABAJADORA Y LOS PATRONES, TIENE COMO REGLAMENTARIA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

ES UNA INSTITUCIÓN CON PRIMACÍA SOBRE LOS CONTRATOS INDIVIDUALES

PARTES QUE CONSTITUYEN EL SINDICATO

ES LA FUENTE MÁS USUAL, NACE DE LOS INTERESES ENTRE EL SINDICATO Y LA EMPRESA, FIJA LEYES O NORMAS OBLIGATORIAS