Derecho al goce, la satisfacción y la gratificación sexual.
Derecho a expresar la orientación sexual o identidad de género.
Derecho a decidir si se tienen o no relaciones sexuales.
Derecho a conocer y valorar el propio cuerpo.
Derecho a una vida libre de violencias.
Reconocimiento que tiene toda persona a sentir placer, a disfrutar de su sexualidad, a autosatisfacerse y experimentar con los sentidos, sin vincularla a la reproducción.
Facultad que tienen todas las personas a elegir la pareja sexual, a decidir cómo, con quién y cuándo tener relaciones sexuales.
Libertad que tienen las personas en sentir atracción por personas de su mismo sexo, del otro sexo o hacia mujeres, hombres o personas intersexuales; y a la autodefinición que una persona hace de sí misma, como hombre, como mujer.
Todas las personas tienen el derecho a una vida libre de violencia física, psicológica, sexual, económica o patrimonial tanto en las relaciones familiares y de pareja como en ámbitos públicos.
Reconocer que cada persona es única e irrepetible, y por lo tanto cada persona tiene el derecho a conocer su cuerpo y valorarlo como es, con todas sus características.