de acuerdo con la Ley 115 de 1994
protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria
del artículo 1 al 3
Decretado por el presidente Cesar Gaviria Trujillo
La educación ambiental deberá tener en cuenta los principios de interculturalidad, formación en valores, regionalización, de interdisciplina y de participación y formación para la democracia, la gestión y la resolución de problemas.
El IDEAM deberá mantener informado al MEN de los avances en materia ambiental
Creado por el Ministerio de Educación Nacional
Del proyecto ambiental escolar
El MEN hace parte del Sistema Nacional Ambiental
Del articulo 4 al 8
Asesoría, formación de docentes, evaluación permanente
Los estudiantes, los padres de familia, los docentes y la comunidad educativa en general, tienen una responsabilidad compartida en el diseño y desarrollo del Proyecto Ambiental Escolar.
Servicio social, servicio militar
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
en el 3 de agosto de 1994
enlazado a la Ley 99 de 1993
Comité técnico interinstitucional de educación ambiental
Instrumentos para el desarrollo del PRAE
Del articulo 9 al 19
Relaciones interinstitucionales e intersectoriales