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1. DECRETO 1743 DE 1994
2. Capítulo I
3. Capítulo II
4. Capítulo III

Servicio social, servicio militar

Relaciones interinstitucionales e intersectoriales

enlazado a la Ley 99 de 1993

Del articulo 4 al 8

Los estudiantes, los padres de familia, los docentes y la comunidad educativa en general, tienen una responsabilidad compartida en el diseño y desarrollo del Proyecto Ambiental Escolar.

El MEN hace parte del Sistema Nacional Ambiental

en el 3 de agosto de 1994

del artículo 1 al 3

Instrumentos para el desarrollo del PRAE

Del proyecto ambiental escolar

Asesoría, formación de docentes, evaluación permanente

Del articulo 9 al 19

de acuerdo con la Ley 115 de 1994

Comité técnico interinstitucional de educación ambiental

Creado por el Ministerio de Educación Nacional

protección y aprovechamiento de los recursos naturales y la participación ciudadana y comunitaria

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

La educación ambiental deberá tener en cuenta los principios de interculturalidad, formación en valores, regionalización, de interdisciplina y de participación y formación para la democracia, la gestión y la resolución de problemas.

Decretado por el presidente Cesar Gaviria Trujillo

El IDEAM deberá mantener informado al MEN de los avances en materia ambiental