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Instituciones en las que gira entorno el derecho civil.

Derechos subjetivos que conceden a la persona el Derecho de “Erga Omnes” (Oponible acualquier Persona).

Son derechos de tipo Subjetivo que permiten a su titular (Acreedor), exigir una prestación a otra persona, (Deudor).

Comprendida por los Naturales, (Individuos de la Especie Humana), y los Jurídicos, (Entes que no son Individuos de La Especie Humana).

Normas jurídicas que regulan las relaciones, situaciones y negocios entre los ciudadanos, abarca la mayoría del campo del derecho privado civil.

Consiste en la Transmisión, de los elementos del, patrimonio de una persona, al ocurrir su deceso.

Relaciones del tipo Personal y Patrimonial que mantienen los integrantes de un grupo.

Derecho civil.