Es una institución social y permanente, por la cual se establece la unión jurídica de un solo hombre y una sola mujer, que con igualdad de derechos y obligaciones.
I.- Sociedad conyugal; y II.- Separación de bienes
Las personas que pretendan contraer matrimonio presentarán un escrito al Oficial del Registro del Estado Familiar.
Es la unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio, que durante más de tres años de manera pública y constante hacen o hicieron vida en común como si estuvieren casados.
Proviene de la voz latina spondeo, que significa promesa, según las cuales se prometida a una mujer para un enlace próximo (hoy en día prometida).
El matrimonio supone la fidelidad recíproca, la vida y asistencia comunes y la relación sexual a menos que exista causa justificada que impida la realización de esta última.
El parentesco por consanguinidad sin limitación de grado en la línea recta ascendente o descendente.
Cuando el hombre institucionalizo la figura jurídica del Matrimonio, creo al mismo tiempo las prácticas religiosas y las costumbres legales pertinentes, una de ellas por su trascendencia social fue la de los esponsales.
La edad mínima para contraer matrimonio será de dieciocho años cumplidos.
Por unirse los concubinos en matrimonio entre ellos mismos o con persona distinta.