ARTICULO
170
ASISTENCIA
MILITAR
Es
el
instrumento
legal
que
puede
____________________
cuando
hechos
de
grave
alteración
de
la
____________________
y
la
____________________
lo
exijan
,
o
ante
riesgo
o
peligro
inminente
,
o
para
afrontar
emergencia
o
calamidad
pública
,
a
través
del
cual
el
Presidente
de
la
República
,
podrá
____________________
,
de
forma
temporal
y
excepcional
de
la
asistencia
de
la
fuerza
____________________
.
No
obstante
,
los
gobernadores
y
Alcaldes
Municipales
o
Distritales
podrán
solicitar
al
____________________
de
la
República
tal
asistencia
,
quien
____________________
la
solicitud
y
____________________
la
decisión
.
La
asistencia
militar
se
____________________
por
los
protocolos
y
normas
especializadas
sobre
la
materia
y
en
____________________
con
el
comandante
de
Policía
de
la
jurisdicción
.
PARÁGRAFO
.
En
caso
de
emergencia
,
catástrofe
o
calamidad
pública
,
la
asistencia
militar
se
regirá
por
los
____________________
y
____________________
especializadas
,
bajo
la
coordinación
de
los
comités
de
emergencia
y
oficinas
responsables
en
la
materia
.