Articulo 147
Ámbito de la ley:
Nivel que con que se deben proveer los servicios públicos domiciliarios:
acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía pública básica conmutada y la telefonía local móvil del sector rural.
Artículo que permite facturación conjunta:
Relación jurídica entre las empresas y los usuarios:
Recurso
Acto del suscriptor o usuario para obligar a la empresa la ejecución del contrato:
Legal, Reglamentaria y Contractual
El control social tiene la finalidad de
Eficiencia óptima
Proteger al usuario