Modificación que afecta a la jornada de trabajo, horario y régimen de trabajo a turnos.
Modificación que debe hacerse por el tiempo imprescindible y por causas imprevisibles
Modificación que consiste en el cambio de funciones entre distintos grupos profesionales
Los traslados individuales deben ser comunicados con 30 días de antelación
En el caso de que el traslado definitivo se lleve a una localidad que diste menos de 30 km de la anterior se considera desplazamiento
Modificación que genera una indemnización de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 9 mensualidades
Modificación que puede consistir en un traslado o desplazamiento
Modificación que se puede hacer siempre que se respete la dignidad y formación del trabajador conjuntamente
Puede ser vertical u horizontal
Modificación que debe ser comunicada a los trabajadores y sus representantes con 15 días de antelación
Modificación que genera una indemnización de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 12 mensualidades
En caso de traslado el trabajador tiene derecho a una compensación económica
Se considera traslado colectivo si afecta a todos los trabajadores de la empresa y esta tiene más de 5 trabajadores