De igual manera, el profesionista deberá
Articulo 21.
Articulo 22.
Articulo 23.
reconsiderar el monto de sus honorarios de acuerdo a la limitación económica de su cliente
el profesionista debe limitarse a mantener una relación con su cliente
El profesionista debe ser honesto, leal y conducirse con verdad ante su cliente en todo momento. salvaguardar los intereses del mismo, y deberá además comunicarle los riesgos cuando existan, en atención a su servicio.
Con respeto al principio de la voluntad de las partes, el profesionista debe cobrar sus honorarios en razón a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso panicular requiera.