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De igual manera, el profesionista deberá

Articulo 21.

Articulo 22.

Articulo 23.

reconsiderar el monto de sus honorarios de acuerdo a la limitación económica de su cliente

el profesionista debe limitarse a mantener una relación con su cliente

El profesionista debe ser honesto, leal y conducirse con verdad ante su cliente en todo momento. salvaguardar los intereses del mismo, y deberá además comunicarle los riesgos cuando existan, en atención a su servicio.

Con respeto al principio de la voluntad de las partes, el profesionista debe cobrar sus honorarios en razón a la proporcionalidad, importancia, tiempo y grado de especialización requerido para los resultados que el caso panicular requiera.