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VENTA

Es la ocurrencia del hecho cubierto por el seguro, corresponde a la pérdida neta definitiva por insolvencia final del cliente del Asegurado.

Es el derecho que le permite al asegurador buscar el resarcimiento de lo pagado frente al culpable del hecho; la entidad adquiere este derecho al pagar el valor de la indemnización y en virtud del contrato de seguro.

CAPITAL

CLASIFICACIÓN DE RIESGOS

SUBROGACIÓN

Es el buen nombre del que goza una persona, sea ella natural o jurídica, derivado de la creencia general de que honrará todos sus compromisos sin importar las circunstancias.

Se refiere a la solvencia moral y comercial, Honradez, Seriedad, Cumplimiento de pagos, Trayectoria financiera del cliente.

Es la posibilidad de que una entidad incurra en pérdidas y se reduzca el valor de sus activos como consecuencia de que el deudor o contraparte incumpla con sus obligaciones.

Es la cesión de una mercancía o la prestación de un servicio mediante un precio convenido. Quien entrega la mercancía o provee el servicio recibe la denominación de VENDEDOR, quien recibe la mercancía y paga, es decir, entrega a cambio el dinero correspondiente al precio convenido se denomina COMPRADOR o cliente

INDEMNIZACIÓN

El comprador o cliente, quien recibe la mercancía o servicio junto con el beneficio de pagar en el futuro, bien sea en una fecha o varias fechas definidas y en consecuencia adquiere un compromiso.

CARÁCTER

Incumplimiento del cliente del crédito en la fecha, en la divisa o en el lugar especificado en el contrato de compraventa o prestación de servicios.

CONTROVERSIA

Son una garantía a la cual recurre el acreedor para lograr el pago de una deuda o un crédito en el caso en que el deudor incumpla en el pago de sus obligaciones.

Toda sociedad controlada por el asegurado, ya sea directa o indirectamente o que ejerce un control sobre el asegurado directa o indirectamente, o que ésta sociedad controla a la vez al cliente deudor y al asegurado.

CLIENTE DEUDOR

SEGURO DE CRÉDITO

SINIESTRO

CONDICIONES

Es un anexo de la póliza de seguro de crédito, en el cual se indican las condiciones en que la entidad aseguradora asumirá el riesgo del tomador del seguro frente a cada cliente (deudor), en el que se autoriza el límite de crédito y se establecen las condiciones de cobertura.

Encierra tanto las circunstancias particulares que enfrenta el deudor para el desarrollo de sus actividades, como la estructura del crédito, es decir los elementos que lo caracterizan, como son el monto, el plazo, los intereses y la forma como se amortizará.

ELEGIBILIDAD

COLATERALES

Es un producto diseñado por las aseguradoras para indemnizar a los empresarios que otorgan crédito a los compradores de sus bienes y servicios por el no pago de dichos créditos.

RIESGO CREDITICIO

Es el patrimonio con el que cuenta una persona natural o jurídica, este se calcula al restar los pasivos de los activos.

Regla que establece quién puede comprar un seguro o qué riesgo se puede o no asegurar.

SOCIEDAD VINCULADA

Toda discrepancia sobre el importe o validez de los derechos o créditos, así como sobre el principio del pago de por compensación sobre la base de los créditos que el asegurado detenta sobre el cliente o deudor.

Es la incapacidad de la empresa para cumplir en el presente y el futuro cercano con sus obligaciones financieras, asociada a estructuras de ingresos, costos y gastos, y se puede derivar de condiciones exógenas y endógenas de la empresa.

IMPAGO

Es la facultad que tiene un cliente para cumplir con sus obligaciones financieras, y puede calcular mediante restar los costos y gastos a los ingresos.

El monto que será pagado, o el beneficio que será otorgado, por la compañía de seguros a la persona que presente una reclamación después de haber ocurrido el riesgo, el daño o la pérdida.

INSOLVENCIA

CAPACIDAD

CRÉDITO