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1. Son los recursos y procedimientos legales que una persona o empresa puede utilizar para impugnar una determinación o acto administrativo emitido por una autoridad fiscal:
A
Medios de defensa fiscal
B
Medios de suspensión
C
Medios de sobreseimiento
2. Valores que se manifiestan en el cumplimiento permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y afirmación de valores de ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad social de los contribuyentes
A
Cultura fiscal
B
Evasión fiscal
C
Cumplimiento fiscal
3. Es la manera oficial en la que los contribuyentes se pueden dirigir a la autoridad fiscal por distintos motivos como consultas o declaraciones:
A
Escrito libre
B
Justicia de ventanilla
C
Juicio de impugnación
4. Es un mecanismo de defensa optativo, constituido a favor de los contribuyentes para realizar las aclaraciones que consideren pertinentes, respecto a determinadas resoluciones fiscales que les afecten:
A
Justicia de ventanilla
B
Reconsideración
C
Escrito libre
5. Mecanismo de autocontrol de las autoridades fiscales, que permite otorgarle un trato más justo a los contribuyentes a quienes les asista la razón, pero que no puedan acudir a algún medio ordinario de defensa por haber perdido su derecho a hacerlo:
A
Justicia de ventanilla
B
Reconsideración
C
Escrito libre
6. Es un medio de defensa legal no jurisdiccional que tiene a su disposición el contribuyente para impugnar un acto o resolución ante la propia autoridad que lo emitió:
A
Revocación
B
Impungnación
C
Reconsideración
7. En estos artículos del Código Fiscal de la Federación, se señalan los requisitos que deben tener las promociones dirigidas a las autoridades fiscales:
A
Artículos 18 y 18A
B
Artículos 18 y 31
C
Artículos 34 y 34A
8. Este recurso deberá presentarse a través del buzón tributario, dentro de los treinta días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución o acto que se impugna:
A
Revocación del servicio de administración tributaria
B
Revocación de pruebas
C
Revocación de la FIEL
9. Es un medio de defensa, de revisión jerárquica, mediante el cual se pueden defender los trabajadores o patrones por actos definitivos emitidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los que no estén de acuerdo:
A
Recurso de inconformidad
B
Recurso de supletoriedad
C
Recurso de reconsideración
10. Es el plazo para interponer el recurso de inconformidad, con respecto al momento en que haya surtido efectos la notificación del acto definitivo que se impugna:
A
15 días siguientes
B
20 días siguientes
C
30 días siguientes