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Jugar Relacionar Grupos
1. INICIATIVA POPULAR
2. CONSULTA POPULAR

Proyecto de ley redactado por los ciudadanos

El defensor del pueblo debe controlar, antes de proceder a la recoleccion de firmas

hace referencia a la participacion del pueblo en determinados temas

puede tener caracter vinculante o no vinculante

la comision de Asuntos Constitucionales dictamina si es admisible o no

si es aceptada tiene orden preferente para su tratamiento

no puede referirse a: reforma constitucional, presupuesto, materia penal, entre otros.

luego se presenta en la mesa de entrada de la Camara de Diputados

la justicia electoral nacional verifica las firmas

las convoca el Poder Legislativo o Ejecutivo

se consulta al pueblo mediante el sufragio para que apruebe o rechace un acto de gobierno