Articulo 1° : Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
Articulo 9°: No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto licito.
Artículo 11: Toda persona tiene derecho para entrar, salir y viajar por la República Mexicana.
Artículo 7°: Se pueden difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio de comunicación.
Articulo 24°: Incluye el derecho de participar individual o colectivamente tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo.
Libertad Física
Libertad de pensamiento, conciencia y religión
Libertad de asociación
Libertad de expresión
Libertad de transito