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1. 
¿Cuál es el objetivo de la Ley Orgánica 19/1994?
A.
Facilitar la denuncia y colaboración de testigos.
B.
Preservar la identidad y domicilio de los testigos y peritos.
C.
Normativizar el procedimiento protector de las personas en peligro.
D.
Equilibrar el derecho a un proceso justo con la protección de los testigos y peritos.
2. 
¿Cuándo es aplicable la Ley de protección de testigos y peritos?
A.
Cuando se está interviniendo en procesos penales.
B.
Cuando se solicita protección policial.
C.
Cuando la autoridad judicial lo determine sin justificación.
D.
Cuando existe un grave peligro para la persona, libertad o bienes de quien pretenda ampararse en ella.
3. 
¿Qué medidas se presentan en el artículo 2 de la Ley Orgánica 19/1994?
A.
Facilitar documentos de una nueva identidad y medios económicos.
B.
Brindar protección policial a las personas protegidas.
C.
Preservar la identidad, domicilio, profesión y lugar de trabajo del testigo o perito.
D.
Solicitar ser dirigidos a las dependencias judiciales.
4. 
¿Qué medidas puede adoptar el órgano judicial competente según el artículo 4 de la Ley?
A.
Mantener, modificar o suprimir las medidas de protección asignadas a los testigos o peritos.
B.
Facilitar la identidad de los testigos o peritos propuestos.
C.
Pronunciarse sobre la procedencia de nuevas medidas de protección.
D.
Ratificar las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos.
5. 
¿En qué momento las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos pueden tener carácter de prueba?
A.
Cuando son ratificados en el acto de juicio oral.
B.
Cuando son considerados de imposible reproducción.
C.
Cuando son presentados durante la fase de instrucción.
D.
Cuando son sometidos a contradicción por las partes.
6. 
¿Cuál es una limitación actual en la aplicación de la Ley de protección de testigos y peritos en España?
A.
La falta de recursos para facilitar documentos de una nueva identidad.
B.
La falta de medios adecuados para su correcta aplicación.
C.
La falta de colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
D.
La obsolescencia de la normativa.
7. 
¿Cuál es el objetivo de las medidas de protección según la Ley?
A.
Facilitar la colaboración de los testigos en el proceso penal.
B.
Cambiar la residencia o lugar de trabajo de las personas bajo protección.
C.
Evitar la fotografía o grabación en imagen de las personas protegidas.
D.
Preservar la seguridad y bienestar de los testigos y peritos.
8. 
¿Cuándo pueden tener carácter de prueba las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos?
A.
Cuando son considerados de imposible reproducción.
B.
Cuando son sometidos a contradicción por las partes.
C.
Cuando son ratificados en el acto de juicio oral en la forma prescrita por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
D.
Cuando son presentados durante la fase de instrucción.
9. 
¿Qué medidas se presentan en el artículo 3 de la Ley Orgánica 19/1994?
A.
Solicitar ser dirigidos a las dependencias judiciales.
B.
Preservar la identidad, domicilio, profesión y lugar de trabajo del testigo o perito.
C.
Evitar la fotografía o grabación en imagen de las personas protegidas.
D.
Facilitar documentos de una nueva identidad y medios económicos.
10. 
¿Qué medidas puede adoptar el órgano judicial competente según el artículo 4 de la Ley?
A.
Mantener, modificar o suprimir las medidas de protección asignadas a los testigos o peritos.
B.
Ratificar las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos.
C.
Pronunciarse sobre la procedencia de nuevas medidas de protección.
D.
Facilitar la identidad de los testigos o peritos propuestos.
11. 
¿Cuál es el objetivo de la Ley Orgánica 19/1994?
A.
Equilibrar el derecho a un proceso justo con la protección de los testigos y peritos.
B.
Brindar protección policial a los testigos y peritos.
C.
Normativizar el procedimiento protector de las personas en peligro.
D.
Facilitar la denuncia y colaboración de testigos.
12. 
¿Qué requisito debe cumplirse para que sea aplicable la Ley de protección de testigos y peritos?
A.
Que el testigo o perito lo solicite sin justificación.
B.
Que se trate de un proceso penal de alta repercusión mediática.
C.
Que la autoridad judicial lo decida de forma arbitraria.
D.
Que exista un grave peligro para la persona, libertad o bienes de quien pretenda ampararse en ella.
13. 
¿Qué medidas se presentan en el artículo 2 de la Ley Orgánica 19/1994?
A.
Facilitar documentos de una nueva identidad y medios económicos para cambiar la residencia.
B.
Dirigir a las dependencias judiciales a las personas protegidas.
C.
Preservar la identidad, domicilio, profesión y lugar de trabajo del testigo o perito.
D.
Proporcionar un local reservado para uso exclusivo del testigo o perito.
14. 
¿Qué medidas podrán adoptar las personas protegidas en casos excepcionales?
A.
Facilitar documentos de una nueva identidad y medios económicos para cambiar su residencia o lugar de trabajo.
B.
Solicitar protección policial.
C.
Solicitar ser dirigidos a las dependencias judiciales.
D.
Solicitar un local reservado para su uso exclusivo.
15. 
¿Qué sucede si una de las partes solicita conocer la identidad de los testigos o peritos propuestos?
A.
El juez o tribunal deberá facilitar el nombre y los apellidos de los testigos y peritos.
B.
El juez o tribunal podrá negar la solicitud sin justificación.
C.
El juez o tribunal deberá mantener la identidad de los testigos o peritos en secreto.
D.
El juez o tribunal deberá solicitar la aprobación de la autoridad judicial.
16. 
¿Cuándo las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos pueden tener carácter de prueba?
A.
Si son ratificados mediante lectura literal.
B.
Si son ratificados en la fase de instrucción.
C.
Si son ratificados en el acto de juicio oral.
D.
Si son considerados de imposible reproducción.
17. 
¿Cuál es una de las limitaciones de la Ley de protección de testigos y peritos en España?
A.
La falta de medios adecuados para su correcta aplicación.
B.
La falta de colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
C.
La falta de interés de las autoridades judiciales.
D.
La falta de apoyo de la sociedad.
18. 
¿Qué tipo de delitos están excluidos de la protección de testigos en España?
A.
Delitos contra la salud pública.
B.
Delitos contra la propiedad.
C.
Delitos contra la seguridad vial.
D.
Violencia de Género.
19. 
¿Cuál es el recurso que se puede interponer contra las medidas adoptadas por el órgano judicial competente?
A.
Recurso de reforma o súplica.
B.
Recurso de casación.
C.
Recurso de queja.
D.
Recurso de apelación.
20. 
¿Qué sucede si las declaraciones o informes de los testigos y peritos protegidos no pueden ser reproducidos?
A.
Deben ser ratificados mediante lectura literal.
B.
Deben ser ratificados en el acto de juicio oral.
C.
Deben ser ratificados en la fase de instrucción.
D.
Deben ser excluidos como prueba.