La prohibición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.
Ana Killa, ama llulla, ama shwa. No ser ocioso, No mentir, no robar.
Las personas com unidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.
Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitara la reunificación familiar y estimulara el retorno voluntario
Precautelará sus derechos cuando por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.
Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizando el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes.
Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permita el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de aprobación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.
Todas las personas tienen derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedara en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.
Fiscalizar los actos del poder público
Mantener desarrollar y fortalecer libremente su Identidad, sentido de pertenencia, tradiciones artesanales y formas de organización social.
El derecho a la inviolabilidad de la vida. No habrá pena de muerte.
El Estado aplicara medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.
Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legitimas de autoridad competente
Elegir y ser elegidos
No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.
Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos ni de las garantías constitucionales