Acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte. Los menores que no han cumplido los 16 años y las personas que no disfrutan de manera habitual o accidental de su cabal juicio, están incapacitados para testar. Los que son de tipo ordinarios se clasifican en: público abierto, público cerrado y ológrafo.